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Designaciones por decreto de Ariel Lijo y García-Mansilla para la Corte contradice la Constitución y la división de poderes

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Las recientes designaciones por decreto de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla como nuevos miembros de la Corte Suprema de Justicia han generado un intenso debate en el ámbito político y jurídico argentino. La medida, tomada por el Poder Ejecutivo, ha sido objeto de críticas y cuestionamientos sobre su constitucionalidad. Es por eso que para analizar este tema en profundidad nuestro medio de comunicación conversó con la abogada especializada en delitos de corrupción y temas de Estado, Cynthia Castro, quien se refirió a las competencias legales que tiene el presidente en su facultad de nombramiento.
«Lo primero que se debe analizar es la legalidad del decreto, más allá de que nos pueden gustar o no las designaciones de los jueces para ocupar una banca en la Corte Suprema. Cualquier decreto del Poder Ejecutivo que se dicte no puede derogar ni contradecir una ley vigente, ni mucho menos la Constitución Nacional. Esta atribución que tiene el presidente no es absoluta porque se encuentra regulada justamente por el artículo 99 inciso 4 de la Constitución, que de manera muy clara establece que se nombra a los magistrados de la Corte con acuerdo del Senado y sus dos tercios», declaró Cynthia Castro ante los micrófonos de FM Vos 94.5.
«La norma constitucional no deja margen para interpretaciones flexibles. Sin la aprobación del Senado no puede haber nombramiento de jueces legítimos en la Corte Suprema. Lo cierto es que tampoco se pueden dejar vacías unas bancas que son necesarias para el normal funcionamiento del Poder Judicial. Esa es una justificación válida, y eso fue lo que argumentó el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona. La justificación es válida, pero la Constitucional Nacional exige un mecanismo rígido que le impone una colaboración al Ejecutivo para que se dé este nombramiento con el Senado. El Ejecutivo no se puede tomar la atribución de otorgar cargos por decreto, no existe una norma constitucional que lo ampare. Puede existir una apariencia de legitimidad, lo cual no significa que sea lícito», consideró.
Asimismo, advirtió sobre el riesgo de que esta medida siente un precedente peligroso, que podría socavar la independencia del Poder Judicial y el equilibrio de poderes. «Las maniobras de los poderes se basan en el límite y la amplitud que le da la Constitución Nacional. No puede haber margen de error. La Constitución dice que debe existir un equilibrio de poderes, es decir el presidente propone, pero es el Senado quien habilita o rechaza la designación en última instancia. No puede un poder superponer al otro. Si los jueces de la Corte Suprema permiten este tipo de anomalía frente a la interpretación constitucional, de ahí para abajo podemos esperar cualquier cosa. Se está aguardo para ver cuál va a ser la decisión de los magistrados. De hecho, Juan Carlos Maqueda, abogado y exministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, ya se ha expresado al respecto y dejó bien en claro la inconstitucionalidad del decreto. Los miembros de la Corte deberían seguir ese mismo camino ético», sostuvo Castro.
Más adelante, se refirió al nombramiento en particular del juez Ariel Lijo. «El gran punto es que el juez Lijo no solamente ha estado denunciado por causas de corrupción, sino que también ha zafado de las mismas de una forma muy dudosa. Su reputación y su conducta es reprochable. Este tema también es lo que se está debatiendo en el Senado. Esta persona no tiene la idoneidad ni la imparcialidad para impartir Justicia. Se lo señala como un operador de la Justicia dentro de Comodoro Py. Ha sido denunciado por corrupto. Incluso, el actual ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona representó a Lijo en los juicios que debió afrontar por corrupción. De hecho, del otro designado no se dice nada. El problema es hasta dónde llega la falta de ética en el ejercicio de la función pública tanto en el Poder Ejecutivo como Judicial «, expresó.
A su vez, explicó qué podría llegar a suceder si continúa prosperando el decreto del Poder Ejecutivo Abogado y exministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. «Existen precedentes en materia jurídica en relación a los nombramientos por decreto. La decisión del gobierno se basa en unos de los incisos del artículo 99 y en la inacción del Senado, habilitando al Ejecutivo a cubrir las vacantes. Eso no impide que dentro de las funciones parlamentarias se continúe debatiendo el pliego. La Constitución impone que el Senado de manera eventual también puede intervenir», precisó la abogada.
Después, volcó su mirada sobre aquellas propuestas que impulsan una Corte Suprema integrada al menos por siete miembros. «En principio, me parece que una de las vacantes tendría que haber sido para una mujer. La verdad es que tenemos mujeres excepcionales en la función pública, con una carrera intachable dentro del Poder Judicial. Ahora bien, con respecto a la cantidad de integrantes, considero que se tienen que agilizar los procesos. Ahora son tres y muchas veces no se ponen de acuerdo frente a un fallo. No es posible que exista tanto freno a la capacidad de juzgar. Tenemos que movilizar la capacidad de discernir. No significa que si hay siete miembros van a trabajar más. Los jueces nos salen carísimos. Hoy no estoy de acuerdo con siete bancas. Sí estoy convencida de que al menos uno de los integrantes debe ser una mujer», expuso.
«No se pueden hacer las designaciones por amiguismos. No puede ser que un poder tape a otro, según la conveniencia política. La ley de ética dice que toda persona en el ejercicio de la función pública tiene el deber de denunciar cuando existe la condición de delito o una sospecha, pero el gran interrogante pasa por saber hasta qué punto ese juez lo hará si ha sido designado simplemente por afinidad», planteó Castro sobre el final de la entrevista.

Formalizaron la designación de uno de los juristas elegidos por decreto por Milei
Manuel García-Mansilla juró este jueves como juez de la Corte Suprema ante Horacio Rosatti, luego de que los ministros del máximo tribunal discutieran la cuestión en reunión de acuerdos.
La Corte Suprema se reunión ayer en plenario, le tomó juramento al catedrático Manuel García Mansilla y postergó una definición sobre la incorporación al tribunal del juez Ariel Lijo.

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