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jueves 25, de abril , 2024

AFA y Agremiados les pagará a futbolistas libres y sin club

Claudio Tapia y Sergio Marchi

La AFA y Futbolistas Argentinos Agremiados firmaron un nuevo acuerdo marco federal por el cual se creó un fondo asistencial destinado a aquellos jugadores/as cuyo contrato tenga vencimiento el 30 de junio de 2020 y no celebren uno nuevo.

Con el fin de morigerar las consecuencias perjudiciales de la pandemia COVID 19 padecidas por los clubes en su calidad de empleadores y los/las futbolistas en su condición de trabajadores, e inspirado y guiados por los principios de colaboración y buena fe laboral que deben reinar en toda relación de trabajo, el acuerdo suscripto, que entrará en vigencia a partir del 1 de julio de este año, dispone la creación de un fondo de asistencia, el cual se integrará con aportes efectuados por la Asociación del Fútbol Argentino y Futbolistas Argentinos Agremiados, provenientes exclusivamente de recursos generados por la actividad futbolística.

Los beneficiarios de dicho fondo asistencial serán aquellos/as futbolistas cuyos contratos finalicen el 30 de junio de 2020 con equipos de la Liga Profesional, Primera Nacional, Federal A, Primera B, C y Primera A Fútbol Femenino y que no celebren uno nuevo con la misma u otra entidad.

A los jugadores/as que cumplan los requisitos se les garantizará, en el lapso comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2020, un máximo de cinco pagos, equivalentes cada uno de ellos, al básico de convenio de la categoría correspondiente al último club con el que estuvo vinculado/a y la cobertura de la obra social de futbolistas para el/la afiliado/a y su grupo familiar.

La asistencia dejará de otorgarse en el supuesto que el/la futbolista suscriba nuevo contrato con un club del país o del extranjero o que sea inscripto en un torneo profesional, dentro del lapso antes mencionado.

Por último, también se acordó que el plazo para la oferta de primer contrato a futbolista aficionado que cumpla 21 años de edad (categoría 1999), se extiende, de manera excepcional, hasta el 31 de diciembre de 2020, como consecuencia de la suspensión de las competencias futbolísticas producto del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto mediante DNU 297/2020.

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