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Aguinaldo empleados de comercio junio 2026: qué día lo cobran

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Al igual que todos los trabajadores registrados, los empleados de comercio tendrán derecho a cobrar en junio 2026 el Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido popularmente como aguinaldo. Este pago extra, que se liquida a mitad y a fin de año, representa un alivio para los bolsillos de millones de personas, ya sea para cubrir gastos o realizar compras postergadas.

El aguinaldo está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo, que define cómo se calcula, cómo se paga y cuándo se hace. Esto también incluye a todas las categorías de los empleados de comercio, desde maestranza hasta cajeros y vendedores.

Cuándo cobran el aguinaldo los empleados de comercio junio 2026

De acuerdo al marco legal vigente, los trabajadores en relación de dependencia deben cobrar el medio aguinaldo de mitad de año antes del 30 de junio. Muchas empresas y empleadores adelantan el pago durante la semana del 23 de junio para facilitar la gestión administrativa.

Sin embargo, la normativa contempla una tolerancia de hasta cuatro días hábiles, lo cual permite extender el depósito efectivo hasta los primeros días de julio sin incurrir en infracciones.

Cómo se calcula el aguinaldo de junio 2026

Cada cuota del SAC equivale al 50% del salario mensual más alto que el trabajador haya recibido durante el semestre. En el caso del pago de junio, se toma como referencia el mayor sueldo del período comprendido entre enero y junio del mismo año.

Para establecer el aguinaldo, se toma en cuenta el salario bruto y no el neto. Es decir, se considera el total de los salarios, horas extras, comisiones y otros pagos recibidos durante el semestre, sin aplicar las deducciones del seguro social o impuestos. En tanto, se excluyen los conceptos no remunerativos, premios, indemnizaciones ni cobros de dinero excepcionales.

Si un trabajador obtuvo diferentes niveles salariales en los seis meses iniciales del año, la empresa debe identificar cuál fue la mayor remuneración mensual bruta, sin contar horas extras, viáticos u otros pagos no remunerativos, y calcular la mitad de ese monto. Y si un empleado trabajó menos de seis meses, se debe pagar un proporcional. La fórmula establece que se debe dividir el sueldo por doce meses y luego multiplicar por la cantidad de meses efectivamente trabajados dentro del semestre.

El aguinaldo representa el 50% de la mejor remuneración cobrada en el primer semestre del año.

El aguinaldo representa el 50% de la mejor remuneración cobrada en el primer semestre del año.

Cuánto cobran los empleados de comercio en julio 2026

Los trabajadores del sector percibirán en el séptimo mes del año un nuevo esquema salarial que consolida los últimos tramos de aumento acordados en la paritaria trimestral. A partir de julio, los incrementos y las sumas fijas extraordinarias que se venían pagando de forma no remunerativa (los $100.000 del acuerdo previo más el adicional de $20.000) quedan completamente absorbidos dentro del salario básico de cada trabajador.

Así quedan todas las categorías y escalas salariales en julio 2026

Maestranza

  • Categoría A: $1.233.585
  • Categoría B: $1.236.794
  • Categoría C: $1.248.038

Administrativos

  • Categoría A: $1.245.631
  • Categoría B: $1.250.454
  • Categoría C: $1.255.270
  • Categoría D: $1.269.729
  • Categoría E: $1.281.775
  • Categoría F: $1.299.445

Cajeros

  • Categoría A: $1.249.646
  • Categoría B: $1.255.270
  • Categoría C: $1.262.499

Auxiliares

  • Categoría A: $1.230.931
  • Categoría B: $1.238.043
  • Categoría C: $1.247.021

Auxiliar especializado

  • Categoría A: $1.259.287
  • Categoría B: $1.273.743

Vendedores

  • Categoría A: $1.249.646
  • Categoría B: $1.273.746
  • Categoría C: $1.281.775
  • Categoría D: $1.299.445
En julio, los empleados de comercio incorporarán al básico las cifras no remunerativas que venían cobrando.

En julio, los empleados de comercio incorporarán al básico las cifras no remunerativas que venían cobrando.

Qué adicionales pueden cobrar los empleados de comercio

Los trabajadores del sector pueden percibir adicionales por horas extra, presentismo, antigüedad y otros beneficios. En relación a la antigüedad, se suma un 1% del salario básico por cada año trabajado, tomando en cuenta tanto los conceptos remunerativos como los no remunerativos.

En el caso de las cajeras, cuentan con un adicional por manejo de caja, un complemento remunerativo que se establece de manera porcentual según las funciones desempeñadas. El beneficio se aplica exclusivamente a este escalafón del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

Fuente: La Mañana de Neuquén.

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