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ARCA endureció los controles y podría sancionarte si superás los límites de ciertas transferencias

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Con el cierre del año, aumentan las operaciones bancarias y los movimientos digitales. Frente a esto, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó medidas más estrictas para monitorear transferencias y compras, tanto en cuentas bancarias como en billeteras virtuales como Mercado Pago, Ualá o Naranja X. Desde diciembre, cualquier operación que supere ciertos topes será informada automáticamente y podría generar sanciones. En esta nota, los detalles clave a tener en cuenta.

ARCA actualizó los montos que disparan controles automáticos

La medida está vigente desde el 1 de junio, según la Resolución General 5512/2024, y continúa en diciembre con los siguientes límites:

  • Transferencias y acreditaciones: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
  • Extracciones en efectivo: tope unificado de $10.000.000.
  • Saldos bancarios al cierre del mes: $50.000.000 en cuentas personales, $30.000.000 en empresas.
  • Plazos fijos: máximo de $100.000.000 para individuos y $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Movimientos en billeteras virtuales: mismos límites que las transferencias.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: hasta $100.000.000 para personas físicas.
  • Compras como consumidor final: hasta $10.000.000.
  • Pagos generales: $50.000.000 para personas físicas, $30.000.000 para jurídicas.

Estos montos están ajustados en base al Índice de Precios al Consumidor (INDEC), lo que implica que pueden volver a cambiar próximamente.

ARCA solicitará documentación si se superan los límites establecidos

Si un movimiento supera los topes mencionados, bancos y billeteras deberán notificarlo de inmediato, lo que podría derivar en una revisión exhaustiva por parte del organismo. En muchos casos, ARCA podría solicitar documentación que justifique el origen de los fondos, como:

  • Contratos de compraventa o comprobantes de operaciones.
  • Facturas emitidas bajo régimen general o monotributo.
  • Recibos de sueldo o constancias de jubilación.
  • Certificación de inscripción en AFIP.
  • Informes firmados por un contador público.

El objetivo es evitar maniobras de evasión o lavado, por eso, desde diciembre, el control será más estricto y detallado.

Fuente: Radio Mitre

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