La Dirección General de Escuelas oficializó la nueva reglamentación sobre asistencia, puntualidad y permanencia para alumnos de Nivel Primario y fijó un piso anual obligatorio del 90% de concurrencia a clases. La medida quedó establecida en la Resolución 311, firmada el 11 de febrero de 2026, que además deroga de manera expresa la norma vigente desde 2016.
El texto encuadra la decisión en la Ley Nacional de Educación 26.206 y en la Convención sobre los Derechos del Niño, y define la asistencia como una variable pedagógica central. La resolución advierte que el ausentismo sostenido afecta la continuidad de las trayectorias escolares y establece que quienes no alcancen al menos el 80% de asistencia anual deberán concurrir al período de intensificación, aun cuando hayan aprobado los espacios curriculares.
La excepción contempla inasistencias justificadas por razones médicas y casos de estudiantes federados con certificación oficial.
La norma clasifica los niveles de asistencia en cinco categorías: óptima (95% a 100%), buena (85% a 94%), regular (81% a 84%), riesgo académico (76% a 80%) y crítica (menos de 75%). Por debajo del 76% se considerará situación de riesgo académico y se exigirá la firma de un acta compromiso por parte del adulto responsable.
Además, si al 15 de noviembre el alumno no alcanza el 80%, deberá asistir obligatoriamente al período de intensificación en diciembre.
El régimen incorpora la figura del “Líder de Asistencia” dentro de cada institución y prevé un esquema de escolaridad protegida para estudiantes con Certificado Único de Discapacidad o con indicación médica que requiera trayectoria alternativa. La resolución lleva la firma del director general de Escuelas, Tadeo García Zalazar, y redefine el abordaje del ausentismo como un dispositivo pedagógico orientado a garantizar la permanencia y el derecho a la educación.
Fuente: El Sol – https://www.elsol.com.ar/mendoza/asistencia-escolar-el-gobierno-oficializo-los-cambios-para-el-ciclo-lectivo-2026/







