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  • La vida es un 10% lo que te sucede y un 90% de cómo reaccionas a ello.| Charles R. Swindoll

jueves 25, de abril , 2024

BASES Y CONDICIONES – “TV SMART 32 PULGADAS”

I. DESCRIPCIÓN GENERAL

1. DIARIO SAN RAFAEL (en adelante, el “Organizador” o “DIARIO SAN RAFAEL” indistintamente) organiza un sorteo (concurso) con motivo de su 26 ANIVERSARIO DE CREACIÓN, denominada “TV SMART 32 PULGADAS” (en adelante, el “Sorteo” o el “Concurso”, indistintamente), el que tendrá lugar en la Provincia de Mendoza, Argentina, y estará sujeto a las bases y condiciones expuestas a continuación (en adelante, “Bases y Condiciones” o las “Bases”, indistintamente).

2. El concurso tendrá vigencia desde el MARTES 1 de NOVIEMBRE de 2022 hasta el VIERNES 18 de NOVIEMBRE de 2022 inclusive (en adelante, “Plazo de Vigencia”).

II. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN

3. En ningún caso podrán resultar acreedor del premio previsto para el mismo personal dependiente perteneciente a DIARIO SAN RAFAEL y Fm VOS, ni sus cónyuges, parientes en línea recta hasta el segundo grado ni sus cónyuges o parientes en línea colateral hasta el segundo grado. Tampoco podrá resultar adjudicatario del premio cualquier participante que no se encuentre domiciliado en la Provincia de Mendoza, Argentina.

III. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

4. El Concurso tendrá una modalidad de participación vía web mediante el registro en un formulario con todos los datos en www.diariosanrafael.com.ar
Para participar del sorteo los usuarios deberán ser mayores de 18 años. En el formulario deberán completar: NOMBRE Y APELLIDO COMPLETO, DNI, CORREO ELECTRÓNICO Y NÚMERO DE CELULAR.

El registro será único, es decir, un mismo Documento Nacional de Identidad no podrá ingresarse dos veces.
5. Finalizado el Plazo de Vigencia, el Organizador realizará el sorteo el SÁBADO 19 de NOVIEMBRE de 2022 a las 10:00 hrs. Será transmitido por las redes sociales de Diario San Rafael y visible en la página www.diariosanrafael.com.ar.

IV. PREMIOS

6. El presente sorteo tiene por objeto la asignación de 1 TELEVISOR 32 PULGADAS SMART TV (en adelante “Premio”).

7. El Premio no incluye ningún otro pago, prestación, bien o servicio distinto de los establecidos anteriormente. El derecho a su asignación es intransferible y no podrán ser canjeados por su valor en dinero u otros bienes. En ningún caso el Premio podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación.

8. La entrega del Premio estará supeditada asimismo a: (i) exhibición de documento de identidad (el cual deberá estar vigente y en buen estado); (ii) suscripción de constancias de entrega de Premio; (iii); suscripción de autorización para uso del derecho de imagen y datos personales conforme los términos expuestos en el punto 14 de estas Bases. El incumplimiento a cualquiera de los términos expuestos en el presente numeral, hará perder automáticamente al Beneficiario su derecho a la asignación del mismo sin derecho a reclamo, compensación, o indemnización alguna.

V. COMUNICACIÓN DEL PRESUNTO GANADOR/A

1. Determinado el presunto ganador del sorteo conforme a lo establecido en estas Bases (en adelante, “Presunto Ganador”), el mismo será notificado de su condición de tal por el Organizador al teléfono de contacto que completó en el formulario de registro web (en adelante, la “Notificación”).

2. La entrega del Televisor se realizará en las oficinas de Fm VOS 94.5, San Martín 129, San Rafael, Mendoza.

3. La falta de reclamo de los Premios en la forma indicada supra y/o fuera del plazo indicado, hará perder en forma automática, absoluta e irrevocable el derecho de Presunto Ganador a la asignación del Premio, sin derecho de compensación y/o indemnización de especie alguna.

VI. PUBLICACIÓN Y DISFUSIÓN DE LAS BASES

4. El Organizador difundirá el sorteo y sus términos de participación a través de la página web de DIARIO SAN RAFAEL (www.diariosanrafael.com.ar) y diversa publicidad a través de distintos medios de comunicación (diario, redes sociales, portales web, radio, etc).

VII. CLÁUSULAS VARIAS

5. Derecho de Imagen y Datos Personales. Todos los participantes del sorteo autorizan al Organizador por tiempo razonable (de 3 años) a difundir, utilizar o publicar sus datos personales y/o divulgar sus imágenes, voces y/o imágenes con fines publicitarios y/o comerciales, sin derecho a compensación alguna. Asimismo, el Presunto Ganador del Premio como condición para la asignación del mismo, autorizará expresamente al Organizador en caso de éste así requerirlo, a: publicar y difundir con fines comerciales y/o publicitarios, por un plazo de 1 (un) año, su/s nombre/s e imagen/es, en los medios y formas que el Organizador disponga, sin derecho a compensación alguna. Dicho derecho de uso incluye, pero no se encuentra limitado a, la reproducción, distribución, transmisión, exposición y exhibición de las Imágenes, ya sea con o sin el nombre del beneficiario, con fines ilustrativos, institucionales, promocionales, editoriales, artísticos, publicitarios u otros, en los envoltorios de los productos del Organizador, en cualquier publicación institucional, promocional, editorial, artística, publicitaria y con otros fines lícitos del Organizador, en cualquier tipo de presentación, afiches y/o comerciales publicitarios, que fueran publicados y/o anunciados en cualquiera de los medios (sean de difusión o no) actualmente existentes o que se creen de aquí en adelante, incluyendo expresamente Internet y otros medios virtuales, electrónicos o digitales.

6. Jurisdicción Competente. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización del presente sorteo, participantes, Presunto Ganador y Organizador, se someterán a la jurisdicción de los tribunales provinciales ordinarios con sede en la Ciudad de San Rafael.

7. Modificación de Bases. El Organizador se reserva el derecho de modificar las presentes Bases en forma total y/o parcial, cuando las circunstancias no previstas que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, de lo cual el Organizador solicitará previa autorización a la autoridad competente si así correspondiere.

8. Interpretación. Ante cualquier discrepancia entre el contenido de las presentes Bases y el contenido de la publicidad gráfica, prevalecerá el contenido de las presentes Bases. Cualquier situación no prevista en estas Bases o cualquier duda, será dirimida exclusivamente por el Organizador.

1. Aceptación de las Bases. La participación en el sorteo implica la aceptación de estas Bases así como de las decisiones que adopte el Organizador sobre cualquier cuestión no prevista en ellas, siempre que estas últimas se ajusten al régimen legal vigente.

10. Exoneración de Responsabilidad: El Organizador no será responsable por ningún daño o perjuicio de cualquier tipo que pudieren sufrir los participantes y/o terceros en sus personas o bienes, con motivo de o con relación a su participación en el sorteo, o con relación a la utilización del Premio. Tampoco será responsable por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieran interrumpir o alterar el normal desarrollo de la misma. Se establece expresamente y los participantes así lo aceptan por el mero hecho de su participación, que la responsabilidad del Organizador queda limitada única y exclusivamente al cumplimiento de estas Bases, con los requisitos y las condiciones establecidas las mismas.

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