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Casos Chávez y Aguilar: se definen dos causas penales resonantes

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En las últimas horas se produjeron novedades de relevancia en dos de las causas judiciales más resonantes que tramitan en los tribunales penales locales.
Por un lado, se definió que el caso de la desaparición y probable homicidio de la ex enfermera Silvia Chávez se definirá frente a un jurado técnico y no en juicio por jurados populares.
En tanto, el fiscal Javier Giaroli solicitó la elevación a juicio el expediente donde se investigan las estafas y el homicidio contra el jubilado cordobés Dionisio Aguilar. Giaroli acusa a Brian Ríos y, por la calificación de los delitos, esta causa sí iría a juicio popular. No obstante, se estima que la defensa de Ríos se opondrá a dicha elevación y pedirá cambio de caratula.

La jubilada desaparecida
Cumplida la prórroga pedida por la fiscal Paula Arana para seguir investigando y rechazados sus planteos contra el cambio de carátula, quedó definido que el proceso que investiga la desaparición y probable homicidio de Silvia Chávez se definirá en un juicio frente a un tribunal técnico.
Originalmente, la fiscal solicitó la elevación de la causa a juicio considerando a los acusados –Carina Domínguez y Mauricio Albornoz- autores de los delitos de homicidio agravado por alevosía y codicia en concurso real con hurto agravado por uso de llave verdadera hallada. Para Arana, Albornoz y Domínguez mataron a Chávez en julio de 2022 y luego hicieron desaparecer su cuerpo. El motivo del homicidio sería que la víctima pretendía desalojar a la pareja de un departamento que poseía en su inmueble de calle Ecuador y que le alquilaba a los acusados. Con dicha calificación, la pareja se encaminaba a un juicio por jurados populares y una eventual condena a prisión perpetua.
El pedido de Arana fue recurrido por la defensa de los acusados y, semanas después, el juez Claudio Gil definió un cambio en la imputación contra los acusados y que los mismos deberían ser llevados a juicio bajo la figura de “homicidio simple en concurso real con hurto agravado”, por lo que se descartaría la posibilidad de que el debate sea frente a un jurado popular y con una pena que iría entre los 8 y los 25 años de prisión. Ante ello, la fiscalía volvió a recurrir y, días atrás, los jueces de Cámara María Eugenia Laigle y Néstor Murcia le dieron la razón a Gil. Arana volvió a recurrir y, en las últimas horas, se definió que el criterio de Gil es el correcto, por lo que se espera un debate frente a un tribunal técnico.

El cordobés engañado y asesinado
Respecto del homicidio de Dionisio Aguilar, la fiscalía encabezada por el doctor Javier Giaroli solicitó la elevación de la causa a juicio, acusando a Brian Ríos de los delitos de estafa en la modalidad de delito continuado, robo agravado por el uso de arma en concurso real y homicidio doblemente agravado criminis causa y alevosía. Según su visión, Ríos engañó a Aguilar a través de Facebook diciéndole que era una mujer con la que el cordobés había tenido una hija, le hizo enviar dinero y lo hizo venir a San Rafael para, una vez aquí, asesinarlo a puñaladas y con un piedrazo en la cabeza. Con dicha calificación, la causa se encamina a juicio popular.
Sin embargo, se supo que la intención de la defensa de Ríos es cambiar la calificación del hecho y llevarla a la de “homicidio en ocasión de robo”, lo que evitaría que el acusado enfrente un juicio por jurados populares y la condena sea sustancialmente menor. De hecho, dicha figura penal tiene un máximo de pena de 25 años de prisión. Incluso, fuentes cercanas al expediente estimaron que la defensa propondría a la fiscalía la realización de un juicio abreviado a cambio de una pena de poco más de 20 años.
Por su parte, la querella –representante de los intereses de la víctima y de su familia- ya expresó que la intención es que Ríos continúe imputado de los delitos endilgados por la fiscalía.

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