Copa País: el Consejo Federal falló a favor de Alvear ante la protesta de San Rafael

El viernes pasado la Liga Sanrafaelina de Fútbol mediante un escrito presentó una protesta ante el Consejo Federal del Fútbol Argentino debido a una mala inclusión de jugadores en la lista de buena fe de parte de la Liga Alvearense en lo que fue la serie de la Etapa Clasificatoria de la Copa País y este martes por la tarde se dio a conocer el fallo que fue favorable a la liga del vecino departamento.
En lo expresado por la Liga Sanrafaelina de Fútbol, General Alvear incluyó a 9 jugadores de Andes Fútbol Club en la lista cuando en el artículo 12 del reglamento se exige hasta 6 futbolistas por clubes.
Los futbolistas nombrados fueron: Sergio Farías, Simón Kurosy, Franco Parra, Ignacio Pereyra, Alan Romero, Bruno Scandella, Maximiliano Seoane, Milton Principi y Ayrton Sáez. La Liga Alvearense en su explicación detalla los pases de cada uno donde informó que son seis solamente los jugadores de Andes que figuran en la lista del sistema COMET de transferencias de jugadores.
De esta forma Alvear sigue en competencia y este miércoles enfrentará a Mendoza en el partido de ida, en tanto que San Rafael pierde en lo deportivo y también en lo económico ya que al presentar la protesta el valor fue de $1.650.000 algo que quedará para el Consejo Federal.
RESOLUCIÓN
Ante esto resultando que el RTP establece que el Tribunal de Penas debe resolver de acuerdo con los principios del deporte, la equidad y el derecho, mientras que la apreciación de los hechos para la justa aplicación de la pena, queda confiada a la libre convicción del mismo, el cual se pronunciará con los elementos de juicio que considere suficientes.
Que, de los elementos probatorios agregados a las actuaciones, se verifica que 6 de los jugadores observados por la Liga Sanrafaelina pertenecen a la institución los Andes FC, por cuanto Ignacio Pereyra y Ayrton Sáez pertenecen a Sport Club Argentino y mientras que Milton Principi pertenece al Club Boca Juniors de La Escandinava.
Los jugadores denunciados por la Liga Sanrafaelina, solamente dos participaron en el partido protestado, entendiendo este Tribunal que el espíritu del reglamente del torneo, es que no se puedan incluir en cancha más de seis jugadores perteneciente a un mismo club.
En consecuencia, este Tribunal en la apreciación de los hechos para una justa resolución del caso de autos y en razón del espíritu del reglamento del torneo, entiende que corresponde rechazar la protesta presentada por la Liga Sanrafaelina de Fútbol, contra su similar Liga Alvearense de Fútbol, del partido celebrado el día 30/07/2025, correspondiente a la fecha 2, Zona 4 Región Cuyo, de la Copa País organizada por el Consejo Federal del Fútbol.
Por lo tanto, ordenar se registre el resultado obtenido en cancha consignado en la
planilla del partido: Liga Alvearense de Fútbol 2 Liga Sanrafaelina de Fútbol 0.
El Tribunal de Disciplina del Interior, resolvió: 1°) Rechazar la protesta presentada por la Liga Sanrafaelina de Fútbol, contra su similar Liga Alvearense de Fútbol, ambas de la provincia de Mendoza, del partido celebrado el día 30/07/2025, correspondiente a la fecha 2, zona 4 Región Cuyo, de la Copa País organizada por el Consejo Federal del Fútbol (Arts. 13, 14, 32 y 33 del
RTP).
2°) Ordenar se registre el resultado obtenido en cancha consignado en la planilla del partido: Liga Alvearense de Fútbol: dos -2- goles vs Liga Sanrafaelina de Fútbol: cero -0- gol (Arts. 32 y 33 del RTP).
3°) Destinar a la cuenta de gastos administrativos el importe depositado por la Liga Sanrafaelina de Fútbol (Art. 21 del RTP).