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jueves 25, de abril , 2024

Duraznos y ciruelas entrarán en la Ley de Registro de Contratos

José Cortez, director de Fiscalización y Control, dio detalles sobre las nuevas incorporaciones a la Ley de Registro de Contratos para la comercialización de productos agrícolas, que busca fijar pautas claras en la compra venta de la producción para evitar por ejemplo la extensión de los plazos de pagos sin ningún tipo de condición.
Con la publicación del Decreto 114/20 que modifica la reglamentación de la Ley 9133, se incorporan el durazno, las ciruelas, las aceitunas, el ajo y el tomate. Así, según el gobierno, la comercialización de productos frutihortícolas para industria deja de ser un acuerdo entre partes sin el debido respaldo legal, tras la sanción de la Ley 9133, que creó un Registro Único de Contratos, a fines de 2018.
“Es una ley que a pesar de su importancia es nueva, aprobada a finales del 2018 y entró en vigencia con la cosecha 2019. Para este año se ha sumado el tomate, durazno, ciruela, ajo y aceitunas”, explicó Cortéz.
“Se amplió al resto de los productos y se va seguir ampliando en la medida que haya que establecer alguna regulación más estricta, los contratos se registran en la Bolsa de Comercio, hay dos modalidades de registro, online o físico para los que no tengan la firma digital. El contrato es básicamente el que vienen haciendo”.
El funcionario agregó que “la ley 9133 salvaguarda el hecho de que el comprador tenga que colocar el precio al que lo va comprar, disminuye la especulación a futuro. Por otro lado es la forma de pago, ahora en el caso de que esa forma de pago exceda los 90 días deben consignar en cuántas cuotas extras se va hacer y con qué índice de actualización”.
A partir de esta reglamentación, el establecimiento receptor deberá inscribir ante la Dirección de Fiscalización y Control el contrato de compraventa de productos agrícolas antes del primer ingreso de la materia prima. Se podrá registrar hasta los 10 días hábiles posteriores del cierre de cosecha que publica en INV para el caso de la uva; hasta el 30 el marzo para el caso de tomate, durazno y ciruela, el 20 de enero para el ajo, y el 15 de junio para la aceituna.
La Ley 9133 busca ser una garantía para el productor en cuanto al acuerdo de precios y formas de pago a la hora de entregar la mercadería, ya que antes de su sanción solo existían registros que funcionaban a modo de sistema estadístico.

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