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El fin de la moratoria redibuja el mapa previsional: más PUAM y sin derecho a pensión por viudez

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La finalización de la última moratoria previsional ha generado un cambio sustancial en el acceso a los beneficios jubilatorios. Quienes no llegan a los 30 años de aportes tienen ahora un camino previsible: la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Sin embargo, este beneficio conlleva restricciones que los futuros pensionados deben conocer, especialmente en lo relativo al monto y a la pensión por fallecimiento. La abogada previsional Florencia Markarian, especialista en la materia, analizó el nuevo escenario.

El primer punto que la Dra. Markarian aclaró es la naturaleza intrínseca de la PUAM en contraste con una jubilación ordinaria. Este beneficio, que requiere tener 65 años sin distinción de género y no contar con ninguna otra prestación, equivale a un 80% del haber mínimo jubilatorio. La mayor diferencia radica en lo que sucede tras el deceso del titular. «La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) equivale al 80% de la jubilación mínima y, como requisito fundamental, no genera derecho a pensión. Es decir, en caso de fallecimiento, el cónyuge o conviviente no recibirá ese beneficio», explicó la experta ante la audiencia de FM Vos 94.5.

Esto supone un impacto económico significativo para el familiar sobreviviente, cuya situación se vuelve más vulnerable al perder ese ingreso. «Cuando se produce el fallecimiento, la pareja o el conviviente se queda en una situación económica más compleja, ya que ese aporte es significativo para pagar las cuentas y expensas del hogar. Es difícil, pero para quienes están pensando en esta contingencia, se puede considerar armar un colchoncito o quizás pensar en algún seguro de vida», expresó.

Restricción de ausencia: el límite de 90 días

 Otro punto crítico y menos conocido por los beneficiarios de la PUAM es la estricta limitación sobre la permanencia fuera del país. La normativa es clara y su incumplimiento puede derivar en la suspensión inmediata del beneficio. «Algo muy importante para tener en cuenta es que todos aquellos que están cobrando la PUAM es que no pueden estar más de 90 días corridos fuera de la Argentina», advirtió la Markarian.

La especialista compartió casos de personas que perdieron la prestación tras ausentarse por periodos más largos por motivos de salud familiar. Si bien existe la posibilidad de informar la ausencia ante el organismo previsional para intentar obtener una excepción, la experiencia indica que las solicitudes suelen ser rechazadas, lo que obliga a los afectados a iniciar un camino judicial. «Aunque en principio se podría presentar un reclamo ante el organismo previsional, la experiencia indica que estas pretensiones son generalmente rechazadas. Por ello, la causa casi siempre termina judicializándose. Mi consejo es que las personas eviten correr el riesgo de la vía administrativa inútil y busquen asesoramiento legal de inmediato», comunicó la entrevistada.

La abogada previsional Florencia Markarian, especialista en la materia, analizó el nuevo escenario

El crecimiento del padrón PUAM y las moratorias vigentes

 Con el fin de la moratoria tradicional, se espera que el número de personas que accedan a la PUAM siga creciendo, superando significativamente la cifra actual de más de 220.000 beneficiarios. Esta prestación se consolida como la única vía para quienes no pueden acreditar los 30 años de aportes y ya cuentan con la edad requerida. «Con la quita de las moratorias y aquellos que no pueden acceder a una prestación, es decir, a una jubilación, el otro camino que les queda por el momento es acceder a la PUAM», remarcó la abogada previsional.

Finalmente, la Dra. Markarian recordó que para aquellos que aún no tienen la edad jubilatoria y les faltan hasta 10 años de aportes, existe una moratoria vigente con valores de cuota de alrededor de $30.000 por mes. Sin embargo, hizo hincapié en una opción mucho más accesible para un grupo específico de la población. «Para todos los que nacieron antes de 1975, actualmente existe una moratoria previsional vigente que permite comprar aportes hasta septiembre de 1993. Esta opción es muy económica, ya que el valor de la cuota mensual para comprar años de aporte generalmente no supera los 5 mil pesos, lo que representa una diferencia abismal en comparación con otras alternativas», culminó.

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