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El Gobierno redujo las tasas de interés para deudas impositivas y aduaneras

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El Gobierno nacional dispuso reducir las tasas de interés resarcitorias, punitorias y de devolución que deben pagar los contribuyentes, mediante la Resolución 823/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

De esta manera,  la tasa de interés resarcitoria en pesos, que se aplica cuando un contribuyente paga fuera de término, se reduce del 4% al 2,75% mensual. Mientras que la tasa punitoria, que se aplica a las deudas en instancia judicial o con intimación previa, baja del 5% al 3,5% mensual.

En tanto que la tasa de devolución en pesos, que corresponde cuando el Estado debe devolver fondos a los contribuyentes (por ejemplo, en saldos a favor), disminuye de 0,75% a 0,5% mensual.

Los nuevos valores formalizados entran en vigencia desde este 25 de junio pero tendrán efecto a partir del 1 de julio. Los actuales porcentajes no se aplican de forma retroactiva, por lo que para el pago de obligaciones con vencimiento previo a esta modificación rige las tasas fijadas para el periodo correspondiente.

Al respecto, en el texto oficial se indicó que “para la cancelación de las obligaciones con vencimiento previo a la fecha de entrada en vigencia de la norma, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos que estos alcancen”.

Desde el Ejecutivo destacaron que “la norma se dicta en el marco de la importante desaceleración de la tasa de inflación a partir de las medidas implementadas para ordenar la economía”. Así lo valoró el ministro de Economía, Luis Caputo, al compartir la noticia en su cuenta de X.

En la misma línea, remarcaron que “el Gobierno Nacional continúa bajando las tasas de interés y evitando fluctuaciones que dificultaban la previsión para contribuyentes y operadores aduaneros”.

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