El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) oficializó una importante medida para agilizar y simplificar la documentación requerida en la declaración de compra-venta de productos vitivinícolas. A partir de ahora, los establecimientos inscriptos solo deberán informar el número de factura correspondiente a la operación, sin necesidad de intervención previa de otros organismos.
La resolución, firmada por el presidente del INV, Carlos Raúl Tizio Mayer, se enmarca en un proceso de “desburocratización de los trámites vinculados a los movimientos de cambio de propiedad en el sector vitivinícola” que ha iniciado el Gobierno hace pocos meses y por los que ha sacado múltiples resoluciones al respecto.
Según se detalla en la normativa, el cambio se aplicará específicamente a los movimientos tipo “103 – Compraventa” presentados a través del módulo de “Movimientos Internos” del sistema de declaraciones juradas online de bodegas.
Esta decisión se apoya en la capacidad del INV para verificar la validez de las transacciones mediante herramientas de interoperabilidad con otros organismos del Estado, evitando así requerimientos innecesarios para los productores.
La medida fue impulsada con base en la Ley General de Vinos Nº 14.878, y forma parte de un proceso de modernización que busca facilitar la gestión de las operaciones comerciales dentro de la industria vitivinícola.
Además, se establece que cualquier infracción a esta disposición será sancionada conforme a la normativa vigente. La resolución fue publicada este 14 de mayo en el Boletín Oficial, y ya se encuentra en vigencia.
Fuente: El Sol – https://www.elsol.com.ar/mendoza/el-inv-tomo-una-medida-clave-para-agilizar-la-compra-venta-de-vinos-que-deberan-hacer-las-bodegas/







