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El IPV anunció cambios en el cálculo de las cuotas para adquirir viviendas

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El Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) aprobó cambios en la metodología de cálculo de cuotas para la adquisición de viviendas financiadas por el organismo, con el objetivo de reducir fuertes diferencia entre la primera cuota y las siguientes.

El ajuste quedó formalizado a través de la Resolución Nº 350 del IPV publicada en el Boletín Oficial este jueves, fechada el 26 de marzo de 2025.

Entre los principales cambios, se determinó que el valor inicial de las cuotas se calculará utilizando el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del último día del cuarto mes anterior a la conformidad del plan de pago por parte del adjudicatario. Esta medida se aplicará a los créditos otorgados por el IPV y a los valores de venta de las viviendas construidas bajo sus programas.

Uno de los programas afectados por esta modificación es el “IPV Mi Casa“, destinado a sectores de ingresos medios que buscan acceder a viviendas en zonas urbanas de la provincia.

Según el documento oficial, la decisión responde a una estrategia de mejora continua en los procesos administrativos del IPV, con el objetivo de brindar mayor previsibilidad a los beneficiarios.

Desde el organismo provincial explicaron que el nuevo esquema de actualización acompaña el sistema general de variación de cuotas ya implementado en el IPV. Además, aseguraron que la medida contribuirá a evitar fluctuaciones significativas entre la primera cuota y las siguientes, facilitando el acceso a la vivienda para las familias adjudicatarias.

El sustento legal de la medida fue avalado por un dictamen del Departamento de Control y Supervisión Legal de la Gerencia de Regularización Dominial, en el que se ratifica la facultad del IPV para realizar estos cambios bajo el marco de la Ley 4203. La normativa permite al Directorio del organismo modificar los criterios de financiación según lo considere necesario en función del mérito, oportunidad y conveniencia.

Cambios en el IPV

Esta es la segunda modificación similar que el organismo realiza en menos de una semana.

El pasado 26 de marzo, a través de la resolución 281, se conocieron cambios para los adjudicatarios para evitar los endeudamientos insostenibles y la pérdida de los inmuebles por morosidad.

El adjudicatario dispone la posibilidad de re-pactar el plan de pagos toda vez que la cuota del crédito supere el 20% de los ingresos del grupo familiar, o bien el 20% del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM)”, actualmente de $296.832, señalaba el documento.

Para esto, los beneficiarios de los créditos del IPV, deberán acompañar este reclamo con la documentación que acredite los ingresos establecidos.

Además, se instaurarán nuevas condiciones de pago para quienes se encuentran en mora con el ente gubernamental.

En estos casos, a partir de la cuarta cuota impaga, se deberá abonar un importe equivalente al 5% del SMVyM “vigente al momento de su solicitud, previo a su realización” antes de poder reestructurar la deuda.

Sin embargo, en caso de estar en una situación vulnerable (casos tratados por Cartera Social), se exigirá abonar “hasta el 15% de los ingresos declarados” o “el 15% del SMVyM vigente al momento de la suscripción y previo a su realización”, se elegirá siempre el que sea mayor.

Fuente: El Sol – https://www.elsol.com.ar/mendoza/el-ipv-anuncio-cambios-en-el-calculo-de-las-cuotas-para-adquirir-viviendas/

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