El Gobierno dictó la ley que establece la eliminación del trámite de fe de vida a jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas, y, de esta forma, quedan liberados de la obligación de presentar la declaración de supervivencia.
Se trata de la ley 27721, que fue sancionada por el Congreso el 5 de julio y que, ahora, se promulgó por medio del Decreto 365/2023, publicado este lunes en el Boletín Oficial.
La norma dispone que los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y del Sistema de Pensiones no Contributivas, quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida, así como cualquier trámite complementario con igual fin, quedando sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales.
ANSES. Foto: NA.
Haberes o prestaciones
Además, los haberes o prestaciones de la seguridad social que integran el SIPA, como aquellas comprendidas en el Sistema de Pensiones no Contributivas a cargo del ANSES no requerirán, en ningún caso, de la realización de acción deliberada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia.
Pro su parte, las entidades que realicen pagos de jubilaciones y pensiones están obligadas a rendir como impagos los fondos pagados con posterioridad a la fecha de fallecimiento de la persona titular del beneficio, de acuerdo con el texto oficial.
El decreto de promulgación lleva las firmas del presidente, Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Agustín Rossi y de la ministra de Trabajo, Raquel Kismer de Olmos.
Fuente: Canal 26