El Departamento General de Irrigación (DGI) formalizó su adhesión al Decreto provincial que establece la Emergencia Agropecuaria en la provincia y activó un paquete de asistencia y beneficios tributarios para los productores mendocinos afectados por las contingencias climáticas. La medida, publicada este lunes en el Boletín Oficial, busca aliviar la carga financiera de quienes han sufrido pérdidas en sus cultivos durante el ciclo agrícola 2025/2026.
A través de una resolución, el organismo hídrico establece mecanismos automáticos para que los beneficios se reflejen en las cuentas corrientes de los usuarios, coordinando datos directamente con la Dirección de Agricultura y Contingencias Climáticas (DACC).
¿Cuáles son los beneficios según el nivel de daño?
La norma distingue entre dos estados críticos, otorgando beneficios proporcionales al impacto sufrido en la producción:
- Emergencia Agropecuaria (daño del 50% al 79%): los productores en esta categoría recibirán una eximición del 50% en el valor del canon de riego (tanto superficial como subterráneo).
- Desastre Agropecuario (daño superior al 80%): en este caso, la eximición alcanza el 100% del canon anual para propiedades de hasta 20 hectáreas.
Facilidades de pago y nuevas fechas clave
Para aquellos que deban abonar saldos restantes o que posean propiedades que excedan las 20 hectáreas en estado de desastre, Irrigación dispuso un esquema de flexibilización:
- Pago Único: se podrá cancelar el saldo en un solo pago con vencimiento el 31 de agosto de 2027.
- Planes de Pago: se habilitarán moratorias y planes de regularización vigentes hasta la misma fecha.
- Opción de adelanto: aquellos que deseen no acumular deuda podrán optar por pagar el 50% del canon en sus vencimientos originales.
Dato clave: la emergencia abarca las cuotas desde la sexta de 2025 hasta la primera de 2027. Durante este periodo, se suspenderán por un plazo de entre 90 y 180 días hábiles los inicios de juicios por apremio y procedimientos administrativos por deudas previas.
Carga automática y control del usuario
Para agilizar el trámite, la DACC enviará los listados de productores afectados antes del 30 de junio de 2026. Una vez procesados, Irrigación subirá la nómina a su sitio web oficial.
Es fundamental que los damnificados ingresen a la página del DGI para corroborar que su situación esté correctamente cargada. En caso de errores o discrepancias entre el certificado de daños y el catastro de Irrigación, los usuarios tendrán un plazo para reclamar y las subdelegaciones de aguas deberán resolver las diferencias antes del 31 de julio de 2026.
Condiciones de mantenimiento del beneficio
Para los casos de “Emergencia” (50%-79% de daño), es condición necesaria tener regularizada la deuda anterior al periodo del siniestro.
Asimismo, quienes gozaban del beneficio por “buen cumplidor” (descuento del 18%) lo conservarán durante este periodo excepcional.
Fuente: El Sol – https://www.elsol.com.ar/mendoza/irrigacion-dara-beneficios-y-eximiciones-por-la-emergencia-agropecuaria-en-mendoza/







