La Anmat prohibió la venta de un protector solar y una pasta dental

Los productos no estaban registrados y fueron retirados del mercado por no garantizar seguridad ni eficacia.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la comercialización en todo el país de un protector solar, una pasta dental y otros productos cosméticos que no contaban con registro oficial. La medida también alcanza a las plataformas de venta online.

La decisión fue formalizada a través de la Disposición 94/2026, publicada en el Boletín Oficial. Allí se establece que los artículos fueron declarados ilegítimos al no cumplir con la normativa vigente del organismo.

Productos sin autorización oficial

Entre los productos alcanzados por la prohibición figuran artículos de higiene personal, cosmética y fragancias de distintas marcas que se ofrecían por internet sin autorización sanitaria.

De la marca “RE!” se prohibieron, entre otros, un protector solar factor 30, una pasta dental, un desodorante en crema, un enjuague bucal, emulsiones corporales, un repelente y un jabón líquido para manos.

También quedaron alcanzados productos de la marca “El Árbol”, como cremas faciales, tónicos, geles de limpieza, emulsiones, mascarillas y bálsamos labiales. A su vez, se prohibieron fragancias corporales de la marca “Aromas de la Tierra”.

Motivos de la medida

Según informó la Anmat, la investigación confirmó que los productos no estaban registrados y que se desconoce el establecimiento responsable de su elaboración. Por ese motivo, no se puede garantizar su seguridad, eficacia ni la correcta formulación de sus ingredientes.

Ante esta situación, se dio intervención al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad para gestionar la baja de todas las publicaciones de venta electrónica de estos artículos. La medida busca proteger a los usuarios de posibles riesgos derivados de su uso.