La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) comunicó este lunes a través del Boletín Oficial la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país de un aceite de oliva de Mendoza.
Según detallaron, fue por encontrar el “Aceite de oliva extra virgen, Sabor Intenso, de la marca Colina del Rey RNE: 02-270637, RNPA: Expte: N° 02.645950 Origen Mendoza, Envasado por Casanova S.A.”, “falsamente rotulados”, desconocer las condiciones bajo las que son elaborados y, por ende, ser considerados “ilegales”.
Así lo detalló el organismo descentralizado a través de la disposición 7834/2023 y explicó que la medida se adoptó luego de una consulta particular al Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
Por ello y tras una serie de inspecciones, en comunicación con organismos de la provincia, se conoció que el registro era inexistente.
Esta marca tenía un antecedente que podría estar vinculado con este nuevo producto en cuestión y mencionaron que en 2022 fue prohibido “un aceite de Oliva Extra Virgen marca Monte del Rey envasado por Casanova S.A. por carecer de autorización de establecimiento y de producto”.
Estos productos fueron catalogados como “ilegales” por “carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros inexistentes”.
Para ello, se valieron de la recomendación del Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que expone: “Toda vez que se trate de productos alimenticios que puedan contener trigo, avena, cebada o centeno (TACC) y que posean la leyenda “Libre de Gluten” y/o el símbolo “Sin TACC” sin contar con la habilitación para dicho atributo, se debe prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional”.
Con información de La Nación.