El abogado Francisco Perdigues, auditor del Municipio, defendió la legalidad de la ordenanza que convoca a elegir convencionales constituyentes y cuestionó la presentación judicial que busca frenar los comicios previstos para el 22 de febrero. Planteó que existe una omisión en la Constitución provincial y afirmó que el debate es esencialmente político.
La decisión del Municipio de San Rafael de avanzar hacia la autonomía municipal volvió a quedar bajo discusión luego de la presentación judicial realizada por el presidente de Protectora Fuerza Política, José Luis Ramón, ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. El planteo, que solicita la suspensión de las elecciones de convencionales constituyentes previstas para el 22 de febrero, fue duramente cuestionado por el auditor municipal, Francisco Perdigues, quien defendió la legalidad del proceso y sostuvo que el debate excede lo jurídico para inscribirse en una disputa política de fondo.
En diálogo con Diario San Rafael y FM Vos 94.5, Perdigues se mostró sorprendido por la postura adoptada por Ramón y recordó que meses atrás había manifestado públicamente su respaldo a la autonomía municipal. “Primero, me sorprende mucho que José Luis Ramón haya hecho este planteo cuando los primeros días de diciembre se mostró contento con lo que había planteado el intendente respecto de la autonomía municipal”, afirmó, y agregó que incluso había impulsado un proyecto en la Legislatura para acompañar el proceso.
El auditor remarcó que el cambio de posición resulta llamativo y cuestionó la coherencia del planteo judicial. “No lo veo muy claro su planteo, me parece un planteo mucho más de La Libertad Avanza y Cambia Mendoza que de Protectora”, expresó, al tiempo que recordó que quien había advertido desde un principio sobre una posible judicialización había sido el gobernador provincial.
Uno de los ejes centrales del debate gira en torno a la supuesta falta de competencia del Municipio para avanzar en el proceso autonómico. Sobre este punto, Perdigues sostuvo que existe una omisión clara en la Constitución de Mendoza. “La Constitución nacional establece que la provincia tiene que asegurar la autonomía municipal, pero la Constitución de la provincia no dice nada respecto de la autonomía municipal, carta orgánica o convencionales municipales”, explicó. En ese sentido, afirmó que “lo que no está prohibido está permitido por la misma Constitución nacional”, y que ante esa omisión “el Municipio de San Rafael se declara autónomo”.

Respecto de los cuestionamientos vinculados a las mayorías necesarias para aprobar la ordenanza y a la falta de un plebiscito previo, el auditor sostuvo que se está confundiendo el tipo de poder constituyente que se pone en juego. “Lo que plantea respecto de las mayorías o de la consulta popular hace referencia a lo que se llama poder constituyente derivado”, señaló, y aclaró que el proceso que impulsa el Municipio se inscribe dentro del poder constituyente originario.
En ese marco, Perdigues remarcó que el poder constituyente originario “no está limitado ni reglamentado por nada”, y que por ese motivo no corresponde aplicar los requisitos establecidos para una reforma de la Constitución provincial. “No tenemos por qué limitarnos a las mayorías que establece la reforma de la Constitución de la provincia”, indicó, y explicó que se utilizó el reglamento del Concejo Deliberante, que fija la mayoría simple para la sanción de ordenanzas, salvo en los casos en los que se exigen mayorías especiales.
También rechazó la exigencia de un plebiscito previo, al sostener que no se está reformando la Constitución provincial. “Nosotros no estamos reformando la Constitución de la provincia”, afirmó, y agregó que existe “un error grande de ellos al equiparar el poder constituyente derivado con el poder constituyente originario; son dos cosas totalmente distintas”.
En relación con la medida cautelar solicitada para suspender las elecciones, el auditor explicó que será la Suprema Corte la que determine los pasos a seguir. “Estaremos a la espera de lo que resuelva la Corte y de si nos corre vista o no”, indicó. No obstante, recordó que el Código Electoral de Mendoza establece criterios muy específicos para la suspensión de comicios. “La Ley 25.551 establece que las elecciones solamente se pueden suspender por catástrofes, invasiones u otras situaciones puntuales, no por cualquier circunstancia”, sostuvo.
Más allá de los aspectos técnicos y legales, Perdigues fue enfático al señalar que el conflicto tiene un fuerte trasfondo político. “La autonomía municipal o el federalismo es un tema meramente político”, afirmó, y recordó que la discusión sobre el modelo de país estuvo presente desde el origen mismo de la Argentina. “El debate histórico fue federal o unitario, y eso no era una cuestión legal, era una cuestión política”, remarcó.
En ese sentido, consideró que detrás de la impugnación existen intereses que buscan mantener el poder centralizado. “Acá queda claro que los intereses son políticos de quienes quieren seguir concentrando el poder en la capital de Mendoza y no delegarlo a los municipios”, expresó.
Finalmente, el auditor dejó en claro que el reclamo por la autonomía municipal continuará más allá del resultado judicial. “Yo, como candidato a concejal, tengo claro que con autonomía o sin autonomía los proyectos los vamos a seguir planteando”, aseguró, y concluyó: “Vamos a pelear la autonomía y, si no se da, plantearemos la inconstitucionalidad”.







