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La Corte Suprema y la controversia sobre la “prisión perpetua”

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación quedó en el centro de una polémica a partir de la difusión masiva de titulares que aseguraban que había declarado inconstitucional la prisión perpetua en Argentina. Según explicó a Diario San Rafael y FM Vos 94.5 el abogado constitucionalista Diego Armesto, esta información no solo es incorrecta, sino que expone serias falencias en el tratamiento de noticias judiciales por parte de ciertos sectores de la prensa.
“La Corte nunca trató la validez constitucional de la prisión perpetua”, sostuvo Armesto con contundencia. “Lo dice claramente el considerando 9 del fallo Guerra. Lo que se difundió en muchos medios es una operación basada en lo que yo llamo posverdad: un titular distorsionado que genera un debate público falso”.
El fallo en cuestión está vinculado al caso de Sebastián Guerra, condenado por un ataque violento que dejó una persona herida de gravedad. Durante el proceso, la defensa de Guerra apeló argumentando la inconstitucionalidad de la prisión perpetua. La Cámara de Casación aceptó ese planteo, pero la Corte no resolvió sobre el fondo de la cuestión. Según Armesto, la intervención del máximo tribunal se limitó a rechazar un recurso presentado por el fiscal de la causa debido a deficiencias técnicas.
“El fiscal argumentó que no era momento de discutir la inconstitucionalidad porque el condenado recién había ingresado a prisión. Básicamente dijo: ‘Hablemos de esto dentro de 35 años’. La Corte desestimó el recurso porque estaba mal planteado, pero nunca entró en el debate de fondo”, explicó el abogado.
Armesto subrayó que el fallo tiene efecto únicamente en el caso de Guerra y no sienta un precedente para otros casos similares. “Si mañana una persona recibe prisión perpetua, tendrá que atravesar el mismo recorrido judicial que Guerra y demostrar su punto ante los tribunales. Esto no es un cambio estructural en el sistema penal argentino”.
El abogado cuestionó con dureza a los medios nacionales que difundieron información errónea sin revisar el fallo completo. “Hay una corriente que se queda con el primer párrafo y el último. No leen el texto completo, no verifican. Muchos titulares repitieron que la Corte había declarado inconstitucional la prisión perpetua cuando eso no ocurrió”, dijo.
Además, apuntó al impacto de estas publicaciones en la percepción pública del Poder
Judicial. “El mensaje que transmiten es que la Corte es irresponsable o está actuando en contra de los intereses de la sociedad. Esto no solo es falso, sino que daña la confianza en las instituciones”.
“Nadie salió a pedir disculpas por haber difundido una mentira. Pareciera que el monopolio de la palabra impide reconocer errores. Hay periodistas que, por desconocimiento o por dolo, transforman la ignorancia en un debate público equivocado. Esto es grave”.
En el plano jurídico, el abogado recordó que la prisión perpetua es una sanción prevista en el Código Penal argentino y que su constitucionalidad no ha sido cuestionada de manera general. “Las cárceles no son para torturar, sino para reeducar y reintegrar a los condenados a la sociedad. Este principio guía el debate sobre las penas, pero la prisión perpetua sigue siendo válida salvo en casos específicos, como el de Guerra, donde se demostró que el recurso fiscal estaba mal formulado”.
Finalmente, Armesto instó a los comunicadores y a la sociedad a reflexionar sobre la calidad de la información que consumen y difunden. “No se trata de matar al mensajero, sino de cuestionar si el mensaje tiene una intención oculta. Si el objetivo es deslegitimar a la Corte, estamos ante algo muy serio. El debate público debe basarse en hechos, no en mentiras”.

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