La DGE dispone ahora del dinero de “herencias vacantes” para mejorar las escuelas

Finalmente, la Legislatura de Mendoza sancionó el proyecto que envió el gobernador Alfredo Cornejo para crear el fondo escolar permanente. Una idea que está en el artículo 212 de la Constitución de Mendoza, pero que en más de 100 años no había sido reglamentado.


La iniciativa pretende establecer una asignación específica para fortalecer la infraestructura escolar. Esto se logrará mediante la enajenación, disposición o arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, así como de fondos de activos financieros que pueden surgir de herencias vacantes (de personas físicas que no tengan herederos).
Para entender la operatoria del procedimiento, Diario San Rafael y FM Vos 94.5 entrevistaron a la jefa de gabinete de la Dirección General de Escuelas (DGE), Daniela García.
«En principio, lo establecido por esta norma se fundamenta sobre el artículo 212, inciso 11, de la Constitución de la Provincia de Mendoza. Ahora, con la aprobación del proyecto se reglamentó ese artículo. Este fondo escolar se va a implementar con lo que se denomina herencia vacante», explicó al inicio de la entrevista Daniela García.
“El fondo escolar permanente ya estaba en la Constitución de Mendoza, pero no estaba la ley específica para generarlo. El dinero se utilizará para para la creación de nuevas escuelas y mejorar, mantener y equipar las que ya existen. No se gastará en bienes corrientes», aclaró.
Asimismo, destacó que ya hay propiedades en condiciones de ser subastadas. «En la ley ya dispusimos un listado de unas 40 herencias vacantes. Hasta ahora, cada vez que había un inmueble en condiciones de ser heredado por la DGE, había que hacer una ley específica que autorizara su subasta. Con la nueva norma, la DGE llevará un registro de bienes del fondo escolar permanente y podrá disponer, vender o alquilar los mismos», indicó.
Por otra parte, señaló que la iniciativa no solo contempla inmuebles. «En ese sentido, la normativa comprende activos financieros como depósitos en cuentas bancarias, plazos fijos y el contenido de las cajas de seguridad de personas fallecidas que no tengan herederos», precisó García.
En ese sentido, comentó qué tipo de metodología se va a aplicar para que la DGE pueda disponer de esos fondos activos. «La ley nos indica que hoy cuando no se paga una caja de seguridad por tres meses, el banco saca el contenido en la presencia de un escribano y entra en periodo de guarda del banco. En todos los casos, le solicitamos al Registro Civil un informe sobre un periodo determinado de las personas fallecidas sin herederos. Luego de esto, si se detecta que hay una herencia vacante se proceda a avanzar con un trámite judicial y se publican los edictos. La disposición de los bienes es cuando no tienen herederos», clarificó la jefa de gabinete de la DGE.
«Además, dentro de la ley hay una figura concreta. El proyecto contempla un incentivo para quienes denuncien herencias vacantes, otorgando un 15% del valor total del bien vendido al denunciante, conforme a lo establecido en el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza. Se establecerán procedimientos para recibir denuncias de vacancia tanto de individuos como de entidades públicas y privadas, asegurando la verificación y liquidación del porcentaje correspondiente», agregó.
Al terminar el reportaje, se mostró satisfecha por el tratamiento que le dio la Legislatura al proyecto. «La iniciativa ya pasó el tratamiento de ambas cámaras. Ya es ley, en las comisiones se hicieron algunas modificaciones. Se trabajó con las entidades financieras y la Justicia sobre la operatoria a aplicar sin que se interponga sobre el derecho de algún particular», concluyó.