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La drástica decisión de AFIP para cargar las deducciones del Impuesto a las Ganancias de 2023: a quiénes afecta

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó, mediante la Resolución 5519 publicada en el Boletín Oficial, que se extendió el plazo para presentar las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias correspondientes al año 2023.

Cuál es la nueva fecha que informó AFIP para presentar las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias

El organismo regulador comunicó, por medio del Boletín Oficial, que se extendió el plazo para presentar el formulario de las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias del año 2023.

Este trámite está dirigido a los trabajadores que se encuentran en relación de dependencia. La nueva fecha de límite para presentar dicho formulario es el 15 de julio. Cabe destacar que esta es la cuarta vez que se establece una nueva fecha.

Los nuevos plazos que AFIP informó para otros trámites

LaAFIP comunicó que extendió los plazos para que los empleados carguen las deducciones en el SIRADIG y, por lo tanto, deben informar a su agente de retención correspondiente. Sin embargo, los empleadores deben realizar la liquidación anual hasta el 31 de julio.

Asimismo, el organismo regulador fijó que, hasta el 9 de agosto, se podrá realizar una posible devolución del impuesto retenido en exceso, incluyendo el reitegro de las percepciones para quienes compraron dólares o quienes gastaron con tarjeta de crédito en el exterior.

Con respecto al formulario 572web, este tuvo una cuarta prórroga para presentarse mediante SIRAGID, hace 15 días. Cabe destacar que el plazo original era hasta el 31 de marzo, como todos los años. Posteriormente, el Gobierno extendió la fecha al 30 de abril, y, en una tercera oportunidad, al 31 de mayo.

Por último, los trabajadores se encuentren sujetos al Impuesto a las Ganancias deberán completar el formulario a través de la página oficial del AFIP. Deberá contar con su CUIT correspondiente y la clave fiscal.

Fuente: Radio Mitre

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