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La Justicia revocó el fallo de los planes de ahorro en Mendoza: por qué se anuló el recalculo de las cuotas

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La Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minas de Mendoza revocó el fallo de primera instancia que ordenaba a las empresas administradoras de planes de ahorro recalcular las cuotas y devolver excedentes.

El tribunal consideró que la conformación de la “clase” de ahorristas resultó heterogénea, lo que impidió un tratamiento unificado del conflicto. Según los magistrados, no es posible aplicar una solución general cuando existen situaciones contractuales diversas, como ahorristas con cuotas pagadas, otros con vehículos adjudicados y algunos con deudas pendientes o contratos rescindidos.

El tribunal fundamentó su decisión en la falta de prueba pericial contable que demostrara un desvío arbitrario en el precio de los vehículos. Los jueces señalaron que el valor móvil de las unidades se ajusta a las resoluciones de la Inspección General de Justicia (IGJ) y que no se acreditó que las terminales fijaran precios abusivos específicamente para los planes de ahorro en comparación con la venta directa.

Al no existir una pericia que confirmara un sobreprecio ilegal, la Cámara entendió que no correspondía intervenir en la estructura de costos de los contratos vigentes.

La sentencia también destacó la improcedencia de utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC) para actualizar las cuotas, tal como sugería el fallo anterior. Los camaristas explicaron que el sistema de ahorro previo se basa en el valor del bien para garantizar que el grupo pueda adquirir las unidades, y cambiar el índice de ajuste desnaturaliza el funcionamiento del fondo común.

La sentencia fue dictada por unanimidad de las juezas Silvina Furlotti y Gladys Marsala

Con esta resolución, el Poder Judicial de Mendoza restablece las condiciones contractuales originales, dejando a salvo el derecho de los consumidores de realizar reclamos de forma individual según sus casos particulares.

Qué alternativa tienen ahora los ahorristas

Pese al rechazo de la demanda, el tribunal mantuvo dos medidas para evitar un impacto social inmediato:

  • Orden de negociación: las partes tienen hasta el 15 de junio de 2026 para acordar un plan de pagos para las deudas acumuladas.
  • Freno a los secuestros: se mantienen suspendidas todas las ejecuciones y secuestros de vehículos de los actores de la causa hasta que venza el plazo de negociación.
  • Costas: al reconocer que los ciudadanos litigaron de buena fe y con “razón probable” dada la complejidad del tema, cada parte deberá pagar sus propios gastos legales (costas por su orden).

Fuente: El Sol – https://www.elsol.com.ar/mendoza/la-justicia-revoco-el-fallo-de-los-planes-de-ahorro-en-mendoza-por-que-se-anulo-el-recalculo-de-las-cuotas/

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