SECCIONES
  • No malgastes tu tiempo, pues de esa materia está formada la vida | Benjamin Franklin

viernes 24, de abril , 2026
San Rafael, Argentina
15°C Despejado
Sensación: 14°C | Máx: 24°C | Mín: 13°C
viernes 24, de abril , 2026

Lanzan una “plataforma virtual” para los comercios con delivery en el departamento

Sumate a nuestros grupos de difusión:

Desde el lunes el Gobierno nacional autorizó la venta minorista de productos terminados a través de delivery puerta a puerta. Esto significa que si bien los comercios no pueden abrir sus puertas para atender al público, podrán comercializar vía canales electrónicos, telefónicos y diferentes modalidades que no impiquen contacto con el cliente. La entrega siempre deberá ser a domicilio.
En este sentido, Diario San Rafael pudo saber que se está armando una plataforma virtual para conglomerar a todos los comercios con delivery en San Rafael para que los vecinos los puedan encontrar en un solo lugar y divididos por rubros.
La propuesta se llama “Comprá en San Rafael” y se encuentra en un apartado de la página del Municipio, www.sanrafael.gov.ar. Ya se están sumando los primeros negocios en un trabajo conjunto con la Cámara de Comercio. Además, todos los particulares que quieran adherirse podrán hacerlo enviando un correo a compraensanrafael@gmail.com.
Los interesados en participar deben enviar el nombre del comercio, rubro, teléfono, Whatsapp, redes sociales y página web (si es que tienen) y se incluirán en listados separados por rubros para que la búsqueda sea más sencilla.

LA NORMATIVA
Hay que destacar que toda la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas se deberá hacer a domicilio con los debidos resguardos sanitarios. En ningún caso los comercios podrán abrir sus puertas para atender al público.
Las ventas deberán realizarse a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con los clientes. Además, la actividad comercial, laboral y de reparto será de lunes a sábado de 10 a 18.
Finalmente se establece que las empresas que se dediquen al delivery, mensajería o reparto como actividad comercial deberán poseer habilitación municipal; en caso contrario, no podrán ejercer el comercio.

image_pdfimage_print

Click para descargar o imprimir la nota

[gs-fb-comments]

La información justa siempre con vos!

MÁS LEÍDAS

MÁS LEÍDAS

Noticias Relacionadas

¡Bienvenido de nuevo!

Inicie sesión en su cuenta a continuación

Recupera tu contraseña

Ingrese su nombre de usuario o dirección de correo electrónico para restablecer su contraseña.

Agregar nueva lista de reproducción