Daniel, vecino de Monte Comán con 80% de incapacidad laboral, vio interrumpido su único sustento: la Pensión No Contributiva por Invalidez que percibía desde septiembre de 2020.
El 25 de junio de 2025 recibió en su domicilio una carta documento de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) ordenando la suspensión del beneficio. Un mes después, en julio, la pensión—unos $220.000—no fue depositada.
Reunió comprobantes, contrató representación legal y a principios de agosto presentó una acción de amparo ante el Juzgado Federal de San Rafael para que el Estado nacional restituya de inmediato el pago.
El caso expone una contradicción que su abogado subraya en la demanda: nunca fue auditado ni citado y, según el propio expediente administrativo, la suspensión se justificó por “causas imputables a la persona beneficiaria” y “domicilio con inconsistencias”.
Sin embargo, al mismo domicilio al que—dice la ANDIS—no pudo notificar la auditoría, sí llegó sin problemas la carta documento de suspensión fechada el 25 de junio.
En el escrito se señala que ese domicilio es el que figura en DNI, ANSES y Certificado Único de Discapacidad. “El hecho de que la suspensión haya llegado por carta documento a ese mismo lugar demuestra que el domicilio es válido y operativo”, plantea la presentación.
CON LA FIRMA DE SPAGNOULO
En el telegrama aparece la firma de Diego Orlando Spagnuolo, el funcionario señalado en los audios de presuntas coimas que motivaron denuncias públicas y políticas; su rúbrica también aparece en otras suspensiones de pensiones no contributivas por invalidez, de acuerdo con los documentos que reunió la defensa.
La Fiscalía Federal, a cargo de Ignacio Sabás, dictaminó a favor de la competencia del Juzgado Federal de San Rafael y sugirió que, al momento de valorar la cautelar, el juez pondere “si la lesión o amenaza es cierta, concreta y actual” y si no puede evitarse por otra vía.
Lo que ocurre con Daniel no es un episodio aislado. En San Rafael ya se registraron casos similares, como el de Goudge informado días atrás, donde una joven con discapacidad probada tampoco recibió las citaciones y, aun así, se encontraron con la pensión suspendida.
BUROCRACIA VS REALIDAD
En todos los casos, el tiempo juega en contra: mientras los organismos ANDIS y ANSES recomiendan reingresar estudios y “esperar el análisis”, los beneficiarios se quedan sin ingreso.
Mientras avanza el amparo, la situación de Daniel expone el costo humano de las decisiones administrativas burocráticas que no conocen el territorio ni a las personas.
En su caso, la pensión es el sostén básico. Ahora, la Justicia deberá resolver si, como sostiene la demanda, hubo una suspensión arbitraria y si corresponde restituir de forma urgente un derecho que, para quienes no pueden trabajar, equivale a la diferencia entre la subsistencia y la intemperie.







