La condena sin precedentes contra la empresa Refresh Now S.A., elaboradora de las bebidas Manaos, por irregularidades laborales en San Rafael, no solo tuvo un fuerte impacto en el ámbito judicial y empresarial, sino también en el ecosistema informativo mendocino y nacional. La noticia, publicada el martes 16 de abril por Diario San Rafael, rápidamente comenzó a ser replicada por diversos medios locales y provinciales, lo que confirmó la relevancia del tema de la primicia del histórico medio del Sur. Sin embargo, en algunas de esas publicaciones como la de los portales Mendoza Post y Mendoza Today, para citar algunos, curiosamente, se omitió señalar que el medio que dio a conocer el fallo, detalles técnicos y análisis judicial en primer lugar fue justamente Diario San Rafael.
La sentencia, dictada por la Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael el 11 de abril, condenó a Refresh Now S.A. a pagar una suma que supera el 1.200.000 dólares, luego de que un trabajador sanrafaelino —distribuidor de la marca entre 2013 y 2022— denunciara múltiples irregularidades en la relación laboral. Desde la falta de registración inicial, pasando por la firma de contratos en condiciones dudosas, hasta deducciones ilegales de su salario, la historia se convirtió en una causa judicial de gran envergadura que no tardó en llamar la atención.
El equipo de Diario San Rafael accedió en exclusiva a los detalles del fallo, firmados por los jueces Gonzalo Rivero, Mariana Carayol y Javier Castrillejo. En la nota publicada esta semana se presentó con minuciosidad no solo el monto total de la condena —compuesto por $227.727.259 de capital y $1.235.711.335 en intereses—, sino también los argumentos jurídicos que hicieron de esta sentencia un hito a nivel nacional.
Tal como lo destacó este medio, el fallo abordó la validez de los acuerdos “pro forma” firmados ante organismos administrativos sin una representación legal genuina. En ese sentido, la Cámara consideró que tales acuerdos pueden ser revisados judicialmente cuando se comprueba un vicio grave en la voluntad de la parte trabajadora. Además, se remarcó el principio de primacía de la realidad sobre lo pactado contractualmente, otro punto central que fue claramente detallado en nuestra cobertura inicial.
El trabajador expuso que durante años fue forzado a firmar documentos con el patrocinio legal de abogados designados por la empresa, sin haber tenido verdadero asesoramiento. A esto se sumó una estrategia empresarial que, según el fallo, consistía en modificar contractualmente las funciones del trabajador para simular un vínculo diferente y mantenerlo fuera del marco legal correspondiente.
El tribunal también analizó la aplicación de indemnizaciones agravadas por deficiente registración, en un contexto legal anterior a la vigencia del DNU 70/2023 y de la Ley Bases. Por eso, en su sentencia, aplicó normativas que algunas empresas consideran derogadas, aunque su validez aún está sujeta a debates judiciales. Asimismo, se utilizó el estatuto del viajante de comercio, cuya derogación fue frenada por una medida cautelar presentada por la Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina (FUVA), marcando un antecedente que podría influir en causas similares.
Como era de esperarse ante una noticia de tal magnitud, otros medios provinciales comenzaron a publicar la información en sus propios portales y redes. Algunos de ellos adoptaron el contenido casi de forma literal, incluso replicando cifras, conceptos jurídicos y nombres sin modificar más que el orden de los párrafos. Claro que, en el apuro informativo, se les habrá escapado mencionar al medio que originalmente accedió a la sentencia y realizó el análisis integral del caso.
No obstante, lejos de tomar esto como una falta, en Diario San Rafael entendemos que cuando un trabajo periodístico es riguroso, claro y preciso, es natural que otros colegas quieran sumarse a difundirlo. Y aunque en esta oportunidad haya quedado en el tintero la mención a la fuente primaria, celebramos que nos tomen como referencia.
Mientras la empresa Refresh Now S.A. analiza la posibilidad de apelar el fallo ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, el antecedente ya ha sido fijado. Las implicancias no se limitan al monto económico, sino que alcanzan aspectos sensibles del derecho del trabajo, como la validez de acuerdos administrativos, la coherencia de la documentación empresarial y el respeto al principio de realidad.
El caso Manaos en San Rafael marca un antes y un después, tanto en los tribunales locales como en los nacionales.







