La Dirección General de Escuelas (DGE) definió cuáles son los trabajadores de la Educación exceptuados de presentarse en los colegios este lunes.
En este sentido, las autoridades escolares enviaron a los establecimientos educativos un memorándum para aclarar uno de los puntos que más dudas generaba en relación al regreso de las clases presenciales.
«Serán los Directores del establecimiento y los Directores y/o Jefes de Servicio de la Administración Central, quién resolverá cuáles son los agentes que deben prestar servicios en forma presencial y cuáles los que deberán continuar realizando sus funciones en forma remota«, señala el documento fechado el 1 de febrero y que fue elaborado por la Dirección de Recursos Humanos de la DGE, a cargo de Sergio Márquez.
«Se aconseja a los señores Directores que convoquen a prestar servicio sólo a los trabajadores que resulten indispensables para cumplir acabadamente con el plan de trabajo presentado…, procurando siempre causar el menor impacto posible en los trabajadores y su grupo familiar», agrega el memorándum.
Los agentes de la Educación que no están obligados a regresar el lunes a las escuelas son:
- Mayores a 60 años.
- Embarazadas.
- Los incluidos en los grupos de riesgo:
- A) Personas con enfermedades respiratorias crónicas: hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), enfisema congénito, displasia broncopulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fribrosis quística y asma moderado o severo.
- B) Personas con enfermedades cardíacas: insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías y cardiopátías congénitas.
- C) Personas diabéticas.
- D) Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes meses.
- E) Personas con inmunodeficiencias:
- Congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocrítica) y desnutrición grave.
- VIH dependiendo del status (menor de 350 CD4 o con carga viral detectable)
- Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente, por más de catorce días).
- F) Pacientes oncológicos y trasplantados:
- Con enfermedad oncohematológica, hasta seis meses posteriores a la remisión completa.
- Con tumor de órgano sólido en tratamiento.
- Trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.
- G) Personas con Certificado Único de Discapacidad.
- H) Personas con obesidad.
«Este listado de personas exceptuadas podrá ser ampliado por el Director del Establecimiento y por los Directores y/o Jefes de Servicios de las dependencias de la Administración Central de la Dirección General de Escuelas, cuando lo crea conveniente, y de esta manera exceptuar de la obligación de prestar servicios en forma presencial a personas que no se encuentren incluidas dentro de estos grupos de riesgo por la autoridad sanitaria», establece el documento.
Fuente: El Sol