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lunes 13, de mayo , 2024

Tribunales reanuda su actividad en los fueros Civil, Comercial y Minas, Paz y Laboral con atención limitada

La Suprema Corte de Justicia anunció ayer que reabre la actividad en tribunales con competencia en lo Civil, Comercial y Minas, Paz y Laboral, pertenecientes a la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial, pero con atención limitada.
San Rafael, General Alvear y Malargüe integran la segunda circunscripción, por lo que en esta parte de Mendoza se flexibiliza la actividad judicial en dichas competencias. Fue luego de un acuerdo al que llegaron integrantes del máximo tribunal de Justicia con intendentes de los aludidos departamentos.
Desde el área de prensa del Poder Judicial aclararon que “se mantiene la inhabilidad excepcional respecto de los demás tipos de causas”. Además –especificaron– “el ingreso de las presentaciones judiciales deberá realizarse a través de la Mesa de Entradas Escritos Digitales (MEED)”.
La tramitación y el inicio de nuevos procesos, cuyos objetos sean el resarcimiento de daños y perjuicios, indemnizaciones por despidos laborales o el pago de los rubros no retenibles, son acciones que han sido reestablecidas en la Justicia sureña. En virtud de esto último, la información dio cuenta que “el juez en cada caso podrá, ante la falta de personal o por aplicación de las normas sanitarias vigentes, disponer de oficio o pedido de parte la suspensión del proceso, en los términos y condiciones de la normativa aplicable”.
Según la acordada Nº 29.522, la atención presencial de abogados, procuradores y peritos será limitada al conocimiento de causas y asuntos habilitados, mediante asignación previa de turno, sin excepción. Dicho turno se gestiona a través de la aplicación PJM-ExPreS (disponible en Android) o vía telefónica a los números correspondientes a cada Delegación, que serán difundidos en el portal web del Poder Judicial de Mendoza.
Los tribunales de San Rafael, General Alvear y Malargüe, correspondientes a las competencias anteriormente mencionadas, deberán funcionar con la dotación necesaria de personal, en forma presencial, en horario normal de 9 a 13, siempre que en las mesas de entradas y demás dependencias se pueda garantizar el distanciamiento social previsto en la normativa sanitaria vigente. Al mismo fin, cada tribunal podrá también reorganizar el trabajo presencial en horario vespertino, desde las 14 hasta las 17.
Desde el Poder Judicial informaron que “como medida preventiva, se ordenó que todo expediente devuelto por profesionales que reingrese a los tribunales deberá reposar en un lugar reservado por el plazo de 96 horas y ser desinfectado con los artículos de limpieza pertinentes; debiendo cada tribunal identificar el lugar destinado para su reserva y el diseño del circuito de circulación interna necesario para evitar el contacto entre expedientes en reserva que hubieren ingresado en fechas diferentes”.
Asimismo, añadieron que, en caso de confirmarse un caso positivo de Covid-19 en los departamentos que integran la Segunda y Tercera Circunscripción Judicial, se procederá a la suspensión de la actividad por un plazo de 24 horas, quedando a disposición de la Suprema Corte definir cómo se trabajará en función de esa eventual situación.

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