El Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) de Mendoza se prepara para implementar un profundo cambio en su estructura de control y sanción sobre el parque de viviendas sociales. Tras obtener la sanción legislativa de una nueva normativa que agiliza los mecanismos de desadjudicación, el organismo regulador avanza en los detalles de la reglamentación técnica previa a su publicación en el Boletín Oficial. La reforma desplaza los antiguos y prolongados juicios ordinarios de reivindicación de la justicia civil para trasladar los litigios a los juzgados de paz, un giro procesal que habilitará juicios monitorios abreviados con plazos drásticamente menores.
El presidente del IPV, Gustavo Cantero, confirmó que la prioridad inicial de los desalojos se concentrará sobre los adjudicatarios que incurran en el «mal uso» de los inmuebles, detectándose casos de beneficiarios que subarriendan las casas estatales o las vuelcan de forma ilegal a plataformas digitales de alquiler temporario.
El fin de la nebulosa administrativa: Juicios monitorios en la Justicia de Paz
El nuevo marco normativo dota al Poder Ejecutivo de una herramienta célere para romper el letargo procesal que históricamente impedía recuperar los inmuebles otorgados a beneficiarios que incumplían sus obligaciones contractuales. «Es muy importante destacar el respaldo de la Legislatura provincial, ya que es fundamental que otro poder del Estado comprenda que esta herramienta constituye un complemento clave para el proceso. Hasta ahora, el mecanismo de desadjudicación se iniciaba con rigurosidad técnica, pero terminaba perdiéndose invariablemente en una nebulosa administrativa y judicial, lo que nos impedía alcanzar el objetivo final que reclama la sociedad: recuperar de forma efectiva la vivienda social», declaró Gustavo Cantero ante la emisora radial FM Vos 94.5. «Esta nueva herramienta legal lleva la jurisdicción de los casos directamente a los juzgados de paz, los cuales tienen la facultad procedimental de ejecutar juicios monitorios de manera mucho más rápida que un juicio reivindicatorio tradicional. El sistema anterior nos imponía plazos que eran totalmente incoherentes con los tiempos de gestión y con lo que demanda la comunidad», resaltó.

Prioridad de fiscalización: el combate al usufructo y al alquiler temporal
Frente a las especulaciones sobre si la medida afectará de forma masiva a familias vulnerables con retrasos menores, la conducción del instituto aclaró que los operativos punitivos se focalizarán en las estafas al Estado. «Queremos llevar tranquilidad y claridad: el proceso de desadjudicación no se gatilla porque una familia deba tres cuotas de su plan. Cuando detectamos una situación de mora, el IPV otorga hasta tres instancias consecutivas de defensa y notificación para que el adjudicatario se acerque a nuestras sedes de San Rafael, a las delegaciones municipales o a las nuevas terminales que estamos sumando en la Bolsa de Comercio. Buscamos que nos cuenten su realidad socioeconómica para confeccionar un nuevo plan de pago adaptado a sus ingresos reales, porque cumplimos una función social y no somos un banco», destacó Cantero. «Sin embargo, existen casos eternos de personas que deciden no responder creyendo que así no las encontraremos. Vamos a focalizar las acciones y a atacar en primer término a quien hace un mal uso de la vivienda. Apuntamos de forma directa al que se aprovecha de los recursos del Estado, al que realmente no necesita una casa social y la está alquilando de forma particular o, peor aún, la publica en plataformas de alquiler temporal de turismo. Los primeros desalojos con la nueva ley se concentrarán allí», advirtió.
La estadística del recupero: más de 400 expedientes bajo la lupa técnica
Los cruces de datos llevados a cabo por las inspecciones del IPV reflejan una respuesta favorable por parte de la ciudadanía ante las intimaciones, reduciendo el margen de desadjudicaciones efectivas a un porcentaje acotado de infractores crónicos. «Durante el año pasado tramitamos más de 600 expedientes de regularización y la gran mayoría se resolvió con éxito. Existe una conciencia social creciente, impulsada también por los medios de comunicación, respecto a que las casas financiadas por el Estado deben pagarse. Históricamente logramos que más del 90% de los expedientes que abrimos se regularicen de forma voluntaria. Del total de causas que iniciamos, el 95% obedece a situaciones de mora y solo el 5% corresponde a mal uso o desnaturalización del destino social. En lo que va de este año ya llevamos abiertos más de 413 expedientes de notificación por mora o mal uso; de ese universo, el 60% ya se encuentra cerrado y solucionado porque la gente se presentó, canceló sus deudas o reestructuró sus planes de pago», detalló Cantero. «No obstante, tenemos un remanente de 28 resoluciones de desadjudicación listas para emitir. Estamos reteniendo la firma de estas piezas administrativas para esperar a que la ley esté completamente reglamentada y publicada en el Boletín Oficial, asegurando así su plena eficacia», afirmó.
Plazos judiciales y el destino de los inmuebles recuperados
El IPV proyecta que el nuevo andamiaje legal comience a operar activamente tras la feria judicial de invierno, coordinando con las comunas la reasignación de las viviendas en base a prioridades de emergencia social. «Estimamos que durante el mes de agosto, una vez concluida la feria judicial, la ley ya estará reglamentada, publicada y en condiciones de ser aplicada en los tribunales de paz para estas 28 resoluciones iniciales. Esto no significa que vayamos a presentarnos en el juzgado y obtengamos el desalojo al día siguiente; el juicio monitorio es notablemente más breve, pero sigue siendo un proceso judicial con tiempos garantistas que no se resuelve en una semana. No queremos generar la falsa expectativa de que el 5 de agosto dispondremos de todas las llaves, pero sí manejaremos plazos reales y lógicos en comparación con la justicia civil ordinaria», aclaró el titular del IPV. «El mensaje institucional es claro. Se terminó el Estado que no analizaba ni recuperaba sus activos; hoy hay un Estado con sentido común que cuida las casas sociales para destinarlas exclusivamente a la gente que verdaderamente las necesita», enfatizó.
«Una vez que el IPV logre la desadjudicación y el recupero físico de un inmueble, la premisa fundamental es canalizarlo a través de un trabajo articulado con los municipios mendocinos. La reasignación dependerá del tipo de operatoria original de la vivienda, pero la prioridad la tendrán los listados locales de los Registros de Necesidades Habitacionales. El municipio es el actor técnico que mejor pondera la urgencia social y las características particulares de vulnerabilidad de sus vecinos. La demanda habitacional es grandísima y las unidades recuperadas nos permitirán dar respuestas urgentes», subrayó. «Asimismo, el IPV maneja demandas espontáneas complejas y estrictas intimaciones de la justicia ordinaria que nos exigen brindar soluciones habitacionales inmediatas a familias que sufren situaciones extremas de violencia de género, contingencias que muchas veces no podemos resolver debido a la falta de disponibilidad de inmuebles vacíos», agregó al cierre de la comunicación.