La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó este miércoles- a través del resolución 5681/2025 publicado en el Boletín Oficial- las condiciones de adhesión a los Planes de Facilidades de Pago permanentes. El organismo redujo el porcentaje del pago a cuenta obligatorio para planes por deuda de impuestos anuales, permitiendo así financiar una mayor parte del monto adeudado.

El ente indicó que esta medida entrará en vigencia a partir del 1° de mayo. Este beneficio tiene como objetivo optimizar la administración tributaria y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales correspondientes a los impuestos a los Bienes Personales y Ganancias.

Según el tipo de contribuyente, estos son los nuevos porcentajes de pago a cuenta:

¿Cómo se realiza la adhesión?

Para sumarse a los planes de facilidades de pago se deberá ingresar a «Mis Facilidades», opción «RG 5321 – Plan de Facilidades de Pago Permanente». A su vez, deberás cumplir con algunos requisitos:

-Tener domicilio fiscal electrónico constituido.

-Haber presentado las declaraciones juradas.

-CUIT activa.

-CBU informada

Asimismo, a través de la Resolución General 5680/25, ARCA extendió el plazo para adherirse a los planes de pago vigentes para micro, pequeñas y medianas empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes.

Cabe aclarar que es para las obligaciones vencidas y multas hasta el 31 de diciembre de 2024. Incluye deudas impositivas, de la seguridad social, retenciones, percepciones y tributos aduaneros.

Cambios en la liquidación de Ganancias y Bienes Personales

Por otro lado, la resolución 5683/2025 aplicó cambios en la liquidación anual y apunta a modernizar el régimen, sumar opciones que simplifiquen el cumplimiento y adecuar los parámetros patrimoniales

Sebastián Domínguez, ceo de SDC Consultores Tributarios, enumeró los principales cambios a tener en cuenta en el régimen de Ganancias y Bienes Personales:

Fuente: La Mañana de Neuquén.