La posibilidad de obtener licencias de conducir con una vigencia de 10 años aún se encuentra en veremos para los mendocinos. Así lo confirmó Orlando Corvalán, titular de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial, quien aclaró que esta medida dependerá de una adaptación a nivel nacional en el registro de conductores. Mientras tanto, los conductores deberán seguir cumpliendo con los plazos de renovación establecidos actualmente, lo que implica acudir a las oficinas de licencias cada 5 años para realizar los trámites correspondientes.

«Ya estamos en la etapa final.  Como todos saben, Mendoza reglamentó la Ley 9.587 que extiende a 10 años la Licencia de Conducir, pero como la provincia adhirió al esquema nacional, hay que esperar que desde Nación adecuen el sistema informático para que los centros de emisión de la provincia cuenten con la modificación. Pronto va a estar vigente la nueva ley con sus disposiciones correspondientes. Estimo que a mediados de diciembre puede estar funcionando todo como corresponde», aseguró a FM Vos 94.5 Orlando Corvalán, titular de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial.

«Según el esquema de la nueva ley, las licencias tendrán diferentes periodos de validez según la edad del titular: hasta los 65 años durarán 10 años, de los 66 a los 75 años se renovarán cada 5 años, y para mayores de 75 años la validez se reducirá a 3 años. En cada grupo etario hay un aumento de la cantidad de tiempo de vigencia del registro, en contraste con la normativa anterior», agregó.

Después, y en ese mismo sentido, destacó uno de los puntos centrales de la normativa. «Con la nueva ley de Mendoza, los conductores mayores de 65 años tampoco estarán obligados a rendir una prueba de manejo al renovar su licencia, a menos que exista una indicación médica específica o que haya pasado más de un año desde su vencimiento. Lo que se busca es fundamentar las conductas responsables», manifestó Corvalán.

Luego, señaló la normativa específica en torno a quienes tengan antecedentes de infracciones por conducir bajo los efectos del alcohol, y en relación a la cual mantendrán el antiguo criterio. «Para estos infractores será con un plazo de renovación reducido de 5 años», dijo en tono tajante.

Por último, aclaró qué sucede con las licencias de conducir prontas a vencer. «El vencimiento es el que figura en la licencia de conducir. No se puede circular con registros vencidos», aseveró el titular de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial.

«Siempre hay que respetar las normas y circular con precaución. Hay que respetar las velocidades máximas y todas las señales de tránsito. El respeto hace a las buenas costumbres y a salvar vidas», añadió al final de la comunicación.