Una reciente resolución del Ejecutivo Nacional que establece que los extranjeros no residentes deberán abonar por la atención médica en hospitales públicos nacionales —exceptuando las emergencias, que mantendrán su gratuidad— abrió un intenso debate jurídico, ético y social en la Argentina. Frente a la polarización que genera la materia migratoria en la opinión pública, la prestigiosa abogada Cynthia Castro analizó en detalle los alcances de la medida y alertó sobre la gravedad de modificar leyes sustanciales a través de Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU).

Según la especialista, la disposición no solo vulnera el principio histórico de igualdad consagrado en el artículo 20 de la Carta Magna desde 1853 y los tratados internacionales con jerarquía constitucional, sino que además genera una profunda crisis institucional al saltear el debate parlamentario. Asimismo, advirtió sobre la desprotección de grupos vulnerables como niños y pacientes oncológicos, el dilema ético y penal en el que se coloca a los profesionales de la salud, y remarcó que el arancelamiento a los no residentes no resolverá el déficit ni el vaciamiento del sistema sanitario nacional.

Un conflicto que vulnera las bases de la Constitución Nacional

El análisis jurídico de la medida pone en evidencia una tensión directa con la arquitectura constitucional argentina y la divisoria de poderes, alterando principios de igualdad que rigen en el país desde mediados del siglo XIX. «Acá tenemos que entender que no es una cuestión solamente de derechos, es algo mucho más profundo. Uno puede hablar de los extranjeros que deben pagar como paga uno cuando es extranjero en el exterior, pero la Argentina es un caso emblemático en materia de protección de derechos desde que se fundó la República. Desde 1853, a través del artículo 20 de la Constitución Nacional, se incorpora que los extranjeros tienen los mismos derechos que los ciudadanos argentinos«, planteó Cinthia Castro de entrada.

«Lo que se hizo con el decreto de emergencia es analizar las categorías migratorias: los residentes con DNI no tendrán que pagar nada y las urgencias siempre deberán ser atendidas en hospitales nacionales. El gran problema es que se modifica una ley de manera sustancial. La ley migratoria contempla la incorporación de los tratados y convenciones internacionales, y al modificarla a través de un DNU se está alterando el artículo 8 de la Ley de Inmigraciones. Hay que ver cuál es la necesidad y la urgencia del Poder Ejecutivo de tener que interferir con el Poder Legislativo para realizar modificaciones sustanciales», fundamentó.

«Hay una afectación sustancial en la crisis institucional que afecta hoy a la República. Se toman decisiones en la gestión pública sin mirar todo el contexto. Hay una violación directa del artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional. Existe una violación indirecta porque la necesidad y la urgencia no han podido ser acreditadas y sin embargo la modificación ya está en marcha», declaró ante la audiencia de FM Vos (94.5).

La prestigiosa abogada Cynthia Castro analizó en detalle los alcances de la medida y alertó sobre la gravedad de modificar leyes sustanciales a través de Decretos de Necesidad y Urgencia

Vacíos legales, dilema médico y desprotección de grupos vulnerables

La implementación del cobro sin debate legislativo deja sin respuesta el abordaje de tratamientos de alta complejidad ya iniciados y expone a los médicos a severos conflictos éticos y legales durante el ejercicio de su profesión. «En el Parlamento se debió haber debatido, porque la persona extranjera integra grupos vulnerables protegidos internacionalmente por las convenciones y tratados de derechos humanos. ¿Qué sucederá con los niños que están en un tratamiento prolongado de salud, con los ancianos o con quienes están atravesando un tratamiento oncológico? ¿Se les suspenderán los tratamientos o continuarán? Todo eso no lo contempla la modificación que se realizó», apuntó la abogada.

«Otra cuestión no contemplada es qué va a hacer el médico cuando una persona está en riesgo o en pleno tratamiento. ¿No tratarlo? El médico no solo tiene una responsabilidad ética por el tratamiento que hace, sino también una responsabilidad penal si no asiste a una persona. Con esto también ponemos en riesgo a nuestros profesionales», señaló.

«El principio de progresividad es uno de los principios más importantes que tenemos, introducido en nuestra Constitución y en las convenciones internacionales: nos indica que todo derecho adquirido, específicamente lo más importante relacionado a la vida, no puede ser regresivo. Eso aplica a todas las personas, porque estamos hablando de derechos humanos básicos y esenciales», manifestó.

Cuál es el real impacto económico en la salud pública

Si bien la fiscalización de los recursos estatales es un objetivo de gestión, los especialistas señalan que la estadística de atención a no residentes no justifica la alteración del marco legal ni soluciona el problema de fondo del área sanitaria. «Se habla del tema económico y presupuestario, y está bien, porque forma parte de la protección de los recursos del Estado. Pero cobrarle a los extranjeros no va a llenar el vaciamiento que se ha hecho en materia sanitaria«, opinó la doctora Castro.

«Las estadísticas son números, pero detrás de ellas hay personas. Si el Estado necesita resguardar los recursos del sistema sanitario, existen vías administrativas que no implican alterar una ley de fondo mediante un DNU. Quienes toman las decisiones públicas y quienes las comunican deben ser plenamente conscientes de esta distinción», cerró.