La Suprema Corte de Mendoza dejó sin efecto los sobreseimientos de los dos imputados y ordenó que intervenga un nuevo juez. Rufino Troyano, abogado de las familias de las víctimas, explicó los alcances del fallo, los próximos pasos y las penas que podrían afrontar los acusados.
La causa judicial por la tragedia de la Cuesta de los Terneros dio un nuevo paso luego de que la Suprema Corte de Justicia de Mendoza dejara sin efecto los sobreseimientos de los dos imputados y ordenara que el expediente continúe su camino hacia un juicio por jurados. La resolución representa un avance significativo para las familias de las 15 víctimas fatales y las personas que resultaron heridas en el siniestro ocurrido el 25 de junio de 2017.
Rufino Troyano, abogado que representa a las familias, expresó a Diario San Rafael y FM Vos (94.5) su satisfacción por la decisión del máximo tribunal provincial y destacó el trabajo realizado junto al Ministerio Público Fiscal para cuestionar la resolución que había dispuesto el sobreseimiento de los acusados. «Para satisfacción nuestra, por nuestro trabajo realizado conjuntamente con el Ministerio Público Fiscal, la Suprema Corte dejó sin efecto la sentencia dictada por el doctor Luque, en su momento sobreseyendo a los dos imputados que hay en la causa», explicó.
El fallo establece que deberá designarse un nuevo juez, debido a que el magistrado que había dictado los sobreseimientos perdió jurisdicción para continuar interviniendo en el expediente. Una vez concretada esa designación, el nuevo magistrado deberá convocar a las partes a una audiencia preliminar.
Troyano recordó que no era la primera vez que se ordenaba que la investigación continuara. Según explicó, anteriormente el juez de instrucción González, actualmente juez de garantías en General Alvear, había dispuesto que se siguiera investigando. Sin embargo, posteriormente se volvió a dictar una resolución de sobreseimiento sobre la base de argumentos que ahora fueron rechazados por la Suprema Corte. Al explicar los motivos de la decisión, el abogado señaló que la sentencia del máximo tribunal, de 79 páginas, cuestionó la interpretación que había realizado el juez Luque del artículo 373 del Código Procesal Penal.
«Lo que se dice es que el doctor Luque se extralimitó en la comprensión del artículo 373 del Código Procesal Penal», indicó. En ese sentido, explicó que uno de los argumentos utilizados para disponer los sobreseimientos había sido la prescripción de la causa, una interpretación que la Suprema Corte descartó. «La causa no está prescripta, no está prescripta evidentemente», remarcó.
También se refirió al argumento relacionado con el fallecimiento del chofer del colectivo y la posibilidad de atribuir responsabilidades a otras personas involucradas. Según Troyano, el juez había entendido que no correspondía avanzar con las imputaciones, mientras que la Suprema Corte consideró que no podía realizarse una interpretación extensiva de la normativa para justificar esa decisión. En cuanto a las responsabilidades que se investigan, el abogado detalló que la acusación contempla la figura de homicidio simple con dolo eventual por las 14 muertes, en concurso real con lesiones gravísimas, graves y leves. También existe una calificación alternativa de homicidio culposo, planteada por el Ministerio Público Fiscal.
«No podemos perder de vista que del colectivo no salió nadie sin tener una lesión, aunque sea leve», expresó Troyano al dimensionar las consecuencias humanas del siniestro.

Los próximos pasos y las penas que podrían afrontar
Respecto del procedimiento que se abre ahora, el abogado explicó que el nuevo juez deberá convocar a las partes a una audiencia preliminar dentro de los diez días, de acuerdo con lo establecido por el Código Procesal Penal. Allí se discutirá qué pruebas presentará cada una de las partes durante el debate. Posteriormente, se avanzará con la selección de los integrantes del tribunal. Según detalló, se partirá de un grupo aproximado de 25 personas, de las cuales quedarán seleccionadas 12 para integrar el jurado, además de algunos reemplazantes.
Sin embargo, Troyano consideró que el juicio no podrá concretarse durante este año. Entre los motivos mencionó la proximidad de la feria judicial y, fundamentalmente, la dimensión del expediente. «Es una causa sumamente compleja, tiene 18 cuerpos, de modo que estoy hablando de 3.600 hojas», señaló. A eso se suma la necesidad de que las partes estudien en profundidad toda la documentación y la convocatoria de más de 40 testigos que deberán prestar declaración. Sobre este último punto, indicó que el tribunal tendrá que resolver si los testimonios se realizan de manera presencial o mediante audiencias en línea.
Finalmente, al ser consultado sobre las posibles condenas, Troyano explicó que, si se mantiene la calificación de homicidio simple con dolo eventual, los acusados podrían recibir penas de entre 8 y 25 años de prisión. En cambio, si se considera la figura de homicidio culposo, la pena sería menor, aunque también deberían contemplarse las sanciones correspondientes por las lesiones, debido al concurso real de delitos. «La querella va por las penas máximas, como corresponde», afirmó, aunque también reconoció el derecho de las personas imputadas a ejercer su defensa durante el proceso.
La decisión de la Suprema Corte reabre así una instancia fundamental para las familias que esperan que la tragedia de la Cuesta de los Terneros llegue finalmente a un debate judicial. Después de años de controversias y resoluciones que frenaron el avance de la causa, el expediente vuelve a encaminarse hacia un juicio en el que deberán analizarse las responsabilidades por las muertes y las lesiones que dejó aquel siniestro.