La causa judicial abierta por la supuesta adulteración de carne molida en dos carnicerías denominadas “Estancia almacén de carnes” del empresario Gustavo Matar –hoy condenado y preso por extorsión- continúa en trámite. De acuerdo a fuentes cercanas al expediente, se ha ordenado un análisis de ADN -por intermedio del SENASA- de los elementos cárnicos secuestrados (ver aparte), algo que aún está pendiente.
No obstante, esas mismas fuentes afirmaron que atento a la prueba, el secuestro, las inscripciones, y los dichos de los empleados, estaría probado a título de probabilidad que la carne molida que se vendía en las carnicerías de Matar “Estancia almacén de carnes” era una mezcla de pulpa, MDM, sangre, corazón de cerdo y otras sustancias.
Qué es el MDM
El MDM es la sigla en inglés para «carne separada mecánicamente». Se toman los residuos del pollo, por ejemplo, y se meten en una máquina que muele todo (ranchos, cogotes, cabezas, pisaderas, menudos) y se saca una pasta, separando las partes sólidas. El MDM es de uso prohibido. Está regulado por el SENASA y sólo se puede usar para la fabricación de embutidos que sean cocidos a más de setenta grados antes de llegar al consumidor. Por ejemplo, en los paquetes de salchichas va a encontrar ese ingrediente. En el caso de los comercios de Matar, el MDM se usaba en un porcentaje del 20 al 40, así que tenían para fabricar unos mil kilos de carne molida.
Allanamientos, secuestros y adulteraciones
A comienzos de este mes, personal judicial, policial y de Bromatología del Municipio realizaron registros en dos carnicerías locales denominadas «Estancia, almacén de carnes», en búsqueda de presunta venta de carne molida adulterada.
Los operativos se desarrollan en los comercios ubicados en avenida Balloffet y Los Sauces, y en Iselín y San Luis, ambos propiedad de Gustavo Matar, dueño de la publicación InfoYa y de radio Vibra, quien se encuentra preso cumpliendo una condena por extorsión en la cárcel de El Cerrito.
En aquel momento, los encargados de las medidas secuestraron más de 400 kg. de MDM, corazón, y unos 100 de carne molida ya preparada (algo que está prohibido) a fin de analizarlos y determinar si los mismos cumple con las medidas bromatológicas obligatorias y si realmente son lo que se publicita.
Según estiman los investigadores, en los locales de Matar podría haberse producido la adulteración de carne molida. De comprobarse esto, los responsables arriesgarían una pena de entre 3 y 10 años de prisión, a tenor del artículo 200 del Código Penal, que reza: “Será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años, el que envenenare o adulterare, de un modo peligroso para la salud, aguas potables o sustancias alimenticias o medicinales, destinadas al uso público o al consumo de una colectividad de personas”.







