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Mendoza aprobó el “agente encubierto digital” para prevenir el abuso de menores y estafas

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Este martes el Senado de la provincia de Mendoza aprobó de forma unánime la figura del agente encubierto digital (sería un espía virtual).
La iniciativa tenía media sanción de la Cámara Alta, pero al ser modificada durante el tratamiento en comisiones de Diputados, volvió nuevamente al Senado en donde se convirtió finalmente en ley.


El senador provincial Walther Marcolini (UCR) y ex intendente de General Alvear, en una entrevista que brindó a la emisora radial FM Vos 94.5 se refirió a este tema y destacó los puntos claves de este proyecto.
«Este martes se incorporó en el Código Procesal Penal la figura del agente encubierto. Esto más que nada apunta a la prevención e investigación de abusos de menores y grooming. También, se aplica a otros delitos informáticos como estafas”, dijo Walther Marcolini al principio del reportaje.
“La Ley 6370 del Código Procesal Penal es del año 1999. Al tener tantos años de vigencia había quedado un vacío en la normativa legal de las investigaciones y las pruebas. Como los códigos de los procedimientos son provinciales, son las mismas jurisdicciones quienes deben modificarlos. Por eso, esta iniciativa que se generó a partir del 2021 de la mano del doctor Santiago Garay, Fiscal de Delitos Informáticos y Económicos de la provincia, ha tenido un largo tratamiento en las Cámaras. Finalmente el primero de noviembre del 2023 la cámara de Diputados le dio media sanción. Como en esa oportunidad se introdujeron una serie de reformas, el proyecto volvió en segunda revisión al Senado para que se apruebe definitivamente», añadió.
“Con esto se le da una herramienta al Poder Judicial y al Ministerio Público Fiscal para que puedan actuar frente a situaciones muy particulares. Se trata de un método de investigación excepcional que necesita y precisa ser auditado durante todo el proceso por el fiscal. Es decir, que solo el fiscal podrá requerir fundadamente ante el Juez Penal Colegiado la actuación encubierta de un agente en los casos de la investigación de delitos en que resulte necesaria la interacción en entornos o plataformas digitales. El juez es quien autoriza a esta figura», aclaró.
Después, explicó que la actuación encubierta no podrá exceder de 180 días a contar desde su autorización. «No se puede habilitar que de forma permanente se espíe a alguien. Tiene que haber un periodo determinado y se deben garantizar las reservas y los derechos de las personas. En Mendoza en los últimos años hubo un importante aumento de casos de grooming y estafas, por eso es importante esta nueva figura en Código Procesal Penal», indicó el senador Marcolini.
«Esto da la posibilidad de acelerar los procesos y brindar un mejor servicio de Justicia a la ciudadanía. Es una herramienta más para trabajar los temas de seguridad. Estas modificaciones que se aprobaron el martes vienen a mejorar el artículo 205 de la prueba y el material probatorio de los procesos», agregó.
En ese sentido, amplió el concepto y aseguró que lo más importante de esta nueva figura es investigar hasta alcanzar la fuente que da origen al delito. «En el artículo 228 se incorporó que el agente encubierto tiene la obligación siempre de informar un delito, más allá de que esté investigando otra causa», sostuvo.

«La norma también establece el aseguramiento de datos informáticos almacenados, el secuestro, apertura y análisis del sistema Informático e incautación de datos, y la custodia o depósito para utilización especifica de la Policía de Investigaciones o para el trabajo propio de los fiscales o del laboratorio de los forenses», amplió Marcolini.

Sobre el final de la entrevista, dio algunos detalles puntuales más sobre la identidad y el perfil de los usuarios de los agentes encubiertos. «Solamente podrán actuar de forma directa agentes especiales de la Policía o personal del Ministerio Público Fiscal. Los perfiles o identidades digitales en ningún caso podrán ser imágenes de personas reales, serán creados y administrados por personal técnico idóneo del Ministerio Público Fiscal y bajo el control directo del Fiscal a cargo de la investigación”, completó.

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