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La provincia de Buenos Aires exigirá que las billeteras virtuales retengan Ingresos Brutos en cada venta

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A partir del 1 de octubre, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) implementará un nuevo sistema de retenciones sobre las billeteras virtuales, una medida que genera gran preocupación entre pymes, emprendedores y comerciantes. El nuevo régimen de retención fue establecido a través de la Resolución Nº 25 de ARBA, y obliga a los proveedores de servicios de pago que ofrezcan cuentas de pago (es decir, las billeteras virtuales) a ser agentes de retención de Ingresos Brutos de sus clientes que sean contribuyentes de ese impuesto.
La contadora Elisabet Maria Piacentini, presidenta de la Comisión Pyme del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, explicó los detalles de esta nueva normativa y su potencial impacto.
«Al igual que sucede con las ventas con tarjeta de crédito (CIRCREB) o las transferencias bancarias (SIRCUPA), ahora también se realizarán retenciones de Ingresos Brutos cuando el comerciante reciba dinero a través de una billetera virtual como Mercado Pago o Ualá. La medida alcanza a los contribuyentes que operan en la provincia de Buenos Aires», dijo Piacentini a FM Vos 94.5.
«La retención será inmediata al momento de ingresar el dinero. El porcentaje de la retención dependerá de lo que se venda, ya que la resolución detalla alícuotas específicas para cada actividad, como ventas de indumentaria, servicios o artículos de construcción. La medida aplica únicamente si el comerciante está inscrito en Ingresos Brutos de la provincia de Buenos Aires», aclaró la contadora.

Posibles
repercusiones
de la nueva normativa
La contadora opinó que esta nueva retención podría tener un impacto directo en los precios. Según Piacentini, los comerciantes, al ver que una parte de su venta será retenida, podrían verse tentados a trasladar ese costo al precio final del producto, lo que terminaría afectando al consumidor.
«El sistema, además de ser complejo, no establece mínimos o máximos para las transacciones. Si bien existen algunas excepciones, como el ingreso de sueldos o cuotas alimentarias, el comerciante deberá controlar manualmente los resúmenes de sus billeteras para verificar que las retenciones sean correctas», aconsejó.

El impuesto
a los Ingresos Brutos,
un tributo distorsivo
En otro tramo de la comunicación, Piacentini criticó el impuesto a los Ingresos Brutos, al que calificó de totalmente, distorsivo. «Este impuesto no existe en otros países, afecta a todos los eslabones de la cadena de valor, encareciendo los productos en cada etapa», expuso al respecto.
Finalmente, la contadora instó a los comerciantes a revisar su situación fiscal en el padrón SIRCUPA para conocer su alícuota de retención. En caso de tener un porcentaje alto, recomendó regularizar la situación para evitar ser castigado con una retención excesiva. «Lo peor de este impuesto es su modalidad de cobro anticipado. No lo cobran el 15 de octubre cuando termina septiembre, lo cobran el día que entra cada cobranza», concluyó.

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