La Legislatura de Mendoza ha avanzado con la aprobación en Diputados de una propuesta que apunta a desburocratizar la documentación y los requisitos para circular con vehículos en la provincia. Esta reforma a la Ley de Seguridad Vial, impulsada por los diputados Gustavo Cairo y Mauro Giambastiani, consolida dos proyectos con el fin de agilizar los procedimientos y simplificar las exigencias en los controles.
Un eje fundamental de esta nueva legislación se centra en la modificación del artículo 21° de la Ley de Tránsito. De ahora en adelante, los conductores no estarán obligados a tramitar una nueva licencia de conducir si cambian su domicilio dentro del territorio mendocino. Su carnet mantendrá su plena vigencia hasta la fecha de expiración original.
Según el diputado Gustavo Cairo, el objetivo principal de la medida es evitar trámites engorrosos e innecesarios que, además de complicar a los ciudadanos, generaban congestión en los centros de emisión y complicaban la obtención de turnos.
Una de las principales reformas, impulsada por el propio diputado Cairo, corrige una mala interpretación de la Ley Nacional de Tránsito (artículo 18) que generaba grandes dolores de cabeza a los ciudadanos que se mudaban. «Estaba sucediendo, muy a menudo, que una persona que se cambiaba de domicilio y que, hacia el trámite correspondiente en el Registro Civil, no sabía, luego, que tenía tres meses para informar este cambio al Registro de Licencias de Conducir para que no pierda su vigencia», explicó Cario a FM Vos 94.5.
«Anteriormente, la interpretación en la provincia era que el cambio de domicilio, incluso dentro del mismo departamento, implicaba la pérdida automática de la licencia, obligando al conductor a rendir el examen nuevamente», amplió la información.
«El espíritu de la ley nacional se refiere al cambio de jurisdicción como el paso de una provincia a otra, no a la simple mudanza dentro de la misma provincia. Se trataba de una mala interpretación, o una especie de torpeza que contenía la misma norma», expresó al respecto.
«Con la media sanción, se busca eliminar esta traba burocrática sin afectar la seguridad vial. La propuesta apunta a modernizar el sistema y facilitar la vida de los mendocinos», resaltó el entrevistado.
Comprobante
del Seguro: suficiente
con la póliza vigente
El segundo eje de la iniciativa está vinculado al artículo 40° y 43° de la ley. Según lo propuesto por Giambastiani, los conductores podrán acreditar la vigencia del seguro automotor obligatorio mediante la póliza o credencial emitida por la aseguradora, ya sea en formato físico o digital. «Anteriormente, existía una zona gris donde, si bien se podía demostrar la póliza vigente, se solicitaba el comprobante del último pago (el cupón de Rapipago, el resumen de la tarjeta de crédito con el débito automático, etc.). Ahora, no se va a exigir más, va a ser suficiente tener la póliza vigente con el verificado de la página web de la compañía», aseveró Cairo.
«La medida beneficia especialmente a la mayoría de los usuarios que pagan mediante débito automático y no siempre tienen a mano un comprobante físico o digital, más allá del certificado de póliza», agregó al cierre del reportaje.
Ambos proyectos fueron unificados y obtuvieron media sanción en la Cámara de Diputados la semana pasada. Se espera que el Senado provincial los trate y los convierta en ley en la próxima sesión o la subsiguiente.







