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Proponen capacitaciones obligatorias en el Estado provincial para tratar con personas mayores

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Ingresó a la Cámara de Diputados de la Legislatura un proyecto de ley que propone establecer la capacitación obligatoria en la temática de “Personas Mayores” para los agentes públicos. La propuesta, impulsada por el diputado Germán Gómez (PJ), alcanza a todos los niveles y jerarquías de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la provincia.

El proyecto se basa en el cumplimiento de la Ley Nacional N° 27.360, mediante la cual la República Argentina ratificó la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. Según el texto, este tratado tiene rango constitucional y obliga al Estado a adoptar medidas para asegurar la autonomía y la no discriminación de este sector de la población.

En los fundamentos de la iniciativa se mencionan los cambios demográficos previstos para la provincia. Se estima que la población mayor de 65 años en Mendoza aumentará del 16% al 24% en el periodo 2030-2035, lo que requiere una adaptación de los servicios estatales ante el incremento de la longevidad.

De ser sancionada la ley, la Dirección de Adultos Mayores, bajo la órbita del Ministerio de Salud y Deportes, actuará como la autoridad de aplicación. Sus funciones incluirán certificación para validar la calidad de los programas de capacitación elaborados por cada organismo estatal, formación de autoridades para impartir directamente la capacitación a las máximas jerarquías de los tres poderes y monitoreo que permita publicar informes anuales en su página web sobre el porcentaje de personal capacitado y los indicadores de impacto de las medidas.

El articulado de la ley establece que las capacitaciones deberán comenzar a dictarse dentro del año de su entrada en vigencia. Para ello, los organismos deberán enviar sus planes de formación a la autoridad de aplicación en un plazo de seis meses posteriores a la sanción.

Respecto al cumplimiento, el proyecto estipula que la negativa injustificada a realizar la capacitación será considerada una falta grave. Esto dará lugar a las sanciones disciplinarias correspondientes según el organismo de origen, además de la facultad de la autoridad de aplicación para difundir públicamente el listado de personas que no hayan cumplido con la obligación.

De ser sancionada la ley, la Dirección de Adultos Mayores, bajo la órbita del Ministerio de Salud y Deportes, actuará como la autoridad de aplicación. Sus funciones incluirán certificación para validar la calidad de los programas de capacitación elaborados por cada organismo estatal, formación de autoridades para impartir directamente la capacitación a las máximas jerarquías de los tres poderes y monitoreo que permita publicar informes anuales en su página web sobre el porcentaje de personal capacitado y los indicadores de impacto de las medidas.

El articulado de la ley establece que las capacitaciones deberán comenzar a dictarse dentro del año de su entrada en vigencia. Para ello, los organismos deberán enviar sus planes de formación a la autoridad de aplicación en un plazo de seis meses posteriores a la sanción.

Respecto al cumplimiento, el proyecto estipula que la negativa injustificada a realizar la capacitación será considerada una falta grave. Esto dará lugar a las sanciones disciplinarias correspondientes según el organismo de origen, además de la facultad de la autoridad de aplicación para difundir públicamente el listado de personas que no hayan cumplido con la obligación.

Fuente: El Sol – https://www.elsol.com.ar/mendoza/proponen-capacitaciones-obligatorias-en-el-estado-provincial-para-tratar-con-personas-mayores/

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