El Senado aprobó la Ley de Inocencia Fiscal II, un régimen impulsado para facilitar la incorporación y el uso en el circuito formal de los dólares guardados fuera del sistema financiero (conocidos como «dólares del colchón»).
La Ley de Inocencia Fiscal II modifica y profundiza el régimen simplificado para incentivar a que las personas vuelquen al circuito formal y a la economía real sus fondos no declarados (los llamados «dólares del colchón») brindándoles mayor seguridad jurídica.
Ejes principales de la medida:
- Eliminación de topes de ingreso y patrimonio: Permite que cualquier contribuyente (personas físicas) pueda ingresar al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias sin importar su nivel de ingresos o patrimonio previo.
- Presunción de exactitud y blindaje del pasado: ARCA (ex AFIP) toma como válidos los datos e información informados por el contribuyente. Se impide que el organismo investigue o cuestione el origen de los fondos mediante presunciones de incrementos patrimoniales no justificados.
- Redefinición de «Discrepancia Significativa»: Se limita el margen para que el fiscalizador abra investigaciones. Solo se considerará inconsistencia si la diferencia detectada supera el 15% del impuesto determinado y tiene un piso mínimo relevante (fijado en relación a los montos de la Ley Penal Tributaria).
- Vía de subsanación: Si el fisco detecta un error o inconsistencia, la ley otorga un plazo para presentar una rectificativa y saldar la diferencia sin que el contribuyente pierda de forma automática los beneficios del blindaje fiscal.
- Carga de la prueba en el Estado: ARCA solo podrá fundamentar reclamos con datos concretos aportados por el propio contribuyente o por terceros, eliminando las fiscalizaciones basadas únicamente en meras presunciones.


