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ARCA bloqueará tarjetas, transferencias y billeteras virtuales en 2026: a quiénes afecta esta medida

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A partir de este año, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) pondrá en marcha un nuevo esquema de fiscalización que habilita el bloqueo automático de medios de pago electrónicos para contribuyentes con irregularidades. La medida impacta sobre tarjetas de crédito y débito, transferencias bancarias, pagos con QR y billeteras virtuales.

Por tal motivo, personas y comercios podrían experimentar limitaciones para operar en el sistema financiero. La medida responde a la necesidad de reforzar el control sobre la evasión impositiva y el uso irregular del dinero digital, motivo por el cual los bloqueos serán aplicados de manera operativa y preventiva ante la detección de situaciones de riesgo fiscal concreto.

Quiénes son las personas cuyas operaciones podrían ser bloqueadas por ARCA

Desde la entidad comunicaron que el nuevo régimen no incluye a todos los contribuyentes. Solo quienes figuren en la Base de Contribuyentes no Confiables serán alcanzados por esta medida.

Se trata de un registro administrado por ARCA que agrupa a personas físicas y jurídicas con alertas fiscales activas. Dentro de él están consignados los CUIT con incumplimientos, inconsistencias en declaraciones juradas o fuertes desfasajes entre los ingresos declarados y los movimientos reales de dinero.

Cuáles son las operaciones que puede bloquear ARCA en 2026

Cuando un CUIT con las características mencionadas anteriormente ingresa al registro, los bloqueos se activan inmediatamente con la coordinación del Banco Central. Dado que bancos, emisores de tarjetas y fintech deben obedecer la notificación, las siguientes operaciones quedan automáticamente suspendidas para tales personas:

  • Transferencias bancarias.
  • Pagos y cobros mediante QR.
  • Uso de tarjetas de crédito, débito y prepagas.
  • Operaciones con billeteras virtuales.
  • Cobros electrónicos en comercios físicos y tiendas online.

Cabe destacar que ARCA mantiene la restricción hasta que el contribuyente regulariza su situación. Para ello se habilitó el apartado “Estado administrativo del CUIT” para presentar la documentación necesaria para corregir el estado de cada contribuyente.

Fuente: La 100

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