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domingo 26, de mayo , 2024

Caso Candela Giménez: confirman la responsabilidad de Scollo y de la Provincia y deberán pagar un resarcimiento millonario

La Cámara Primera de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas, de Paz, Tributario y Familia de la Segunda Circunscripción Judicial, integrada por los jueces Sebastián Marín, Dante Giménez y Ana Paula Rigo, confirmó la responsabilidad civil de Hugo Armando Scollo y de la Provincia de Mendoza por el siniestro vial que tuvo como víctima a Candela Giménez, ocurrido en octubre de 2016, y que dejó a la adolescente al borde de la muerte, con lesiones de las que aún hoy se recupera. Asimismo, hizo lugar parcialmente a la apelación planteada contra la sentencia de primera instancia que realizó la parte actora y, en definitiva, condenó a Scollo y a la Provincia de Mendoza a abonar la suma de 26 millones de pesos en favor de la víctima y de su familia, como monto indemnizatorio por la incapacidad sobreviniente y otros rubros que estos reclamaron oportunamente.


En los principales considerandos de la extensa resolución que fue publicada ayer, la Cámara –con el voto preopinante del doctor Marín- estimó que, más allá de la conducta temeraria de Scollo al manejar (al momento del siniestro tenía en su haber siete infracciones de tránsito –al menos dos por año- por conducir bajos los efectos del alcohol), existió “una omisión antijurídica del Estado” y que los agentes estatales que tenían pleno conocimiento de que Scollo conducía habitualmente en grave estado de ebriedad, sin que las sanciones viales que le habían sido impuestas en tantas ocasiones llegaran a ser exitosas para modificar esa conducta, debieron hacer la denuncia pertinente ante el Juzgado de Faltas” y, frente a ello, era «altamente probable que el magistrado ordenara la internación compulsiva (de Scollo) con fines terapéuticos, tratamiento del que era dable esperar resultados favorables. De haberse hecho ello, para la fecha del hecho, o bien Scollo estaría bajo tratamiento, con lo cual no podría haber estado conduciendo en la vía pública (dada la modalidad de internación) o si ya estaba concluido, era previsible esperar que, en virtud del mismo, Scollo no condujera esa noche alcoholizado, a alta velocidad y en forma zigzagueante, con lo que podría haber advertido el cruce de la adolescente a tiempo de evitar impactarla”.
“La Administración, efectiva conocedora de tales circunstancias particulares del señor Scollo, debía prever la potencialidad dañosa de su conducta y actuar en consecuencia, con la mayor celeridad y eficacia posible, para conjurar el riesgo cierto y grave que importaba para sí y para terceros”, considera en su fallo la Cámara local.

Un siniestro conmocionante
El 29 de octubre de 2016, pasadas las 3 de la madrugada, Hugo Armando Scollo conducía un Renault 12 por la avenida Hipólito Yrigoyen sin la debida atención y prudencia, sin atender las condiciones de tiempo, lugar y circulación existentes en ese momento, y a una velocidad excesiva en relación a las circunstancias referenciadas. Lo hacía ejecutando maniobras zigzagueantes, mientras la avenida tenía un alto tránsito vehicular y peatonal. Como no tomó ninguna de estas precauciones, no advirtió con suficiente antelación la presencia de la joven Candela Giménez, quien se encontraba atravesando la avenida a pie y esta fue atropellada por el auto que conducía el hombre.
El conductor no detuvo su rodado y se fugó del lugar, presentándose ante la justicia 48 horas después. Candela, en tanto, sufrió graves lesiones que derivaron en serios daños físicos y cognitivos.
En 2017, Scollo fue condenado por la justicia penal en un juicio abreviado a tres años de prisión en suspenso, 4 años de prohibición para conducir y la obligatoriedad de someterse a un tratamiento psicológico en el hospital Schestakow para tratar su adicción al alcohol o cualquier otra sustancia.
En tanto, un año después, la familia de Candela inició una demanda civil contra Scollo y contra el Estado provincial por permitir que el sujeto siguiera manejando a pesar de sus antecedentes. En febrero de 2021, el Primer Juzgado de Gestión Judicial Asociada en lo Civil y Comercial de San Rafael hizo lugar parcialmente a la demanda de daños y perjuicios interpuesta por los padres de Candela y condenó a Scollo y a la Provincia a abonar 20 millones y medio de pesos. Todas las partes apelaron ese fallo y la Cámara, esta semana, emitió sentencia sobre ese recurso. Se espera que Scollo y, sobre todo, la Provincia, lleven el caso ante la Suprema Corte.

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