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lunes 6, de mayo , 2024

Caso Paula Toledo: se postergó la audiencia de Casación

La audiencia de Casación contra la sentencia de primera instancia que condenó a Marcos Graín a 11 años de prisión por el caso Paula Toledo fue postergada para el próximo 4 de abril, a las 9. En principio, esa instancia procesal iba a desarrollarse ayer en sede de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, pero cuestiones formales determinaron su reprogramación. En concreto, la decisión obedeció a que la defensa del condenado ha sido suscripta por la titular de la Segunda Defensoría de Pobres y Ausentes de San Rafael y esta se encuentra de licencia.


Cabe recordar que, al momento de la sentencia que emitieron hace poco más de un año los jueces Murcia, Celeste y Vázquez Soaje, las tres partes intervinientes recurrieron la misma (ver aparte). En ese sentido, es un hecho que, durante sus alegatos, la querella encabezada por el abogado Guillermo Rubio reclamará que Graín sea condenado por los delitos de los que lo acusó en primera instancia –femicidio- y que su pena sea prisión perpetua, mientras que la defensa pedirá su absolución y la fiscalía solicitará que se incremente el monto de la pena original.
Respecto a los plazos en que se definirían esos pedidos, fuentes tribunalicias consideraron que son variables puesto que pueden darse alternativas que demoren la sentencia de Corte: una vez producida la audiencia donde las partes planteen sus argumentos, se pasará al sorteo del ministro de la Corte que preopinará en la resolución; luego, vendrá el plazo para que éste se expida y, a posteriori, los días para que dos de sus colegas digan lo suyo.

El tercer juicio con todas las partes disconformes
Marcos Federico Graín Osorio fue condenado, en febrero de 2021 y en el marco del tercer juicio que mereció la causa, a la pena de 11 años de prisión por el abuso sexual y asesinato de Paula Toledo, la joven de 17 años que fuera hallada muerta el 31 de octubre de 2003 en el barrio El Sosneado, de nuestra ciudad, con evidentes signos de abusos sexuales y torturas. El tribunal compuesto por los jueces Néstor Murcia, Alejandro Celeste y Esteban Vázquez Soaje consideró de manera unánime que el único imputado que tenía la causa era penalmente responsable como partícipe necesario del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por la comisión de dos o más personas, a tenor del artículo 119 del Código Penal Argentino. De esa manera, los magistrados no consideraron probado que Graín haya participado en forma efectiva en la muerte de la joven.
Tras la resolución condenatoria, la fiscalía solicitó la prisión preventiva de Graín (había llegado en libertad al debate) “por el riesgo de fuga” y el tribunal decidió hacer lugar a la solicitud.
En los alegatos de cierre, la fiscalía había pedido 25 años de prisión para Graín como partícipe necesario del delito de abuso sexual agravado por el resultado de muerte en concurso ideal con el agravante del acceso carnal y la participación de dos o más personas contra la joven. En tanto, la querella particular solicitó que el imputado fuera condenado a prisión perpetua por considerarlo autor del delito de abuso sexual agravado por la intervención de dos o más personas en concurso real con homicidio agravado por ensañamiento, por el concurso premeditado de dos o más personas y con la finalidad de ocultar otro delito (homicidio criminis causa), mientras que la defensa técnica del acusado había solicitado su absolución.
Se estima que esto mismo será fundado por las partes recurrentes en la instancia de casación.

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