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Echaron a un médico del Hospital Malargüe por inconductas graves: ya tenía una condena con prisión en suspenso

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El Gobierno de la Provincia de Mendoza, mediante el Decreto 103, dispuso la cesantía del médico Pedro Martín Seput, profesional que se desempeñaba en el Hospital Malargüe. La medida, refrendada por el gobernador Alfredo Cornejo y el ministro Rodolfo Montero, pone fin a un extenso sumario administrativo iniciado tras una serie de incidentes que no solo vulneraron las normas éticas de la profesión médica, sino que también escalaron al ámbito de la justicia penal.
Los hechos que originaron la investigación se remontan a una jornada de guardia en la que el profesional no solo incumplió con su horario de ingreso —presentándose con más de dos horas de demora— sino que, al hacerlo, “se encontraba en un aparente estado de ebriedad que le impedía ejercer sus funciones”. No obstante, la gravedad del cuadro se profundizó con un incidente contra una enfermera de la institución, lo que derivó en una causa penal caratulada como abuso sexual simple.
Uno de los puntos centrales del decreto radica en el rechazo a la solicitud de la defensa de suspender las actuaciones administrativas hasta que la sentencia penal quedara firme. La resolución gubernamental es taxativa al respecto: la esfera penal y la administrativa son independientes.
El Ejecutivo provincial sostiene que, aunque el profesional haya interpuesto un recurso de casación ante la Suprema Corte por su condena penal, el sumario administrativo evalúa conductas que, independientemente de constituir un delito, representan infracciones severas al Decreto Ley 560/73 y al Convenio Colectivo de Trabajo de los Profesionales de la Salud.
La decisión exoneratoria se fundamenta en los dictámenes del Instructor Sumariante y del Consejo Deontológico Médico, quienes sugirieron la expulsión del profesional. Si bien la Junta de Reclamos había propuesto esperar el fallo judicial firme, el Ejecutivo optó por aplicar la sanción máxima entendiendo que las pruebas sobre el estado de ebriedad y el incumplimiento de deberes son conducentes y válidas por sí mismas.
El decreto establece, además, que la sanción sea notificada a la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública, reafirmando el carácter punitivo ante la transgresión de los deberes de conducta que rigen la carrera profesional en Mendoza.

Un grave antecedente
En 2024, Seput fue condenado a 2 años de prisión en suspenso y 6 años de inhabilitación profesional por la falta de asistencia durante el traslado de la pequeña Ailyn Cruceño Vergara, de 4 años, quien murió cuando era traída desde Malargüe a San Rafael.
La nena falleció el 26 de septiembre de 2017. Inicialmente, la niña fue atendida en un consultorio particular por la médica cirujana Leonor Yolanda Livadioti. A pesar de que la menor presentaba fiebre, vómitos y agitación, la Dra. Livadioti diagnosticó erróneamente una gastroenteritis sin solicitar los estudios médicos pertinentes.
Al día siguiente, Ailyn ingresó al hospital de Malargüe, donde otro médico de guardia diagnosticó un grave cuadro de neumonía de pulmón derecho que comprometía los tres lóbulos, ordenando un traslado urgente a San Rafael con guardia médica. Sin embargo, el médico Pedro Martín Seput, en guardia pasiva y a cargo del traslado, no se presentó. La ambulancia partió sin médico a bordo y Ailyn sufrió un paro cardiorrespiratorio a la altura de la Cuesta de los Terneros, falleciendo sin la asistencia adecuada.

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