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El control del agua en la minería: Mendoza implementa el Registro Único Minero

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A través del Registro Único Minero (RUM), el Departamento General de Irrigación de la provincia tiene como objetivo reforzar el monitoreo de actividades que podrían impactar el recurso hídrico, sumándose a los registros preexistentes para otras industrias.
Fabio Lorenzo, director de Gestión Ambiental del Recurso Hídrico de Irrigación, explicó la relevancia de esta iniciativa. “Desde hace años el departamento de Irrigación cuenta con un sistema de registro para todas las actividades potencialmente peligrosas para el agua. Ya en 1996 se creó el Registro Único de Establecimientos (RUE), donde actualmente están inscritas más de 1.800 empresas de diversos rubros como bodegas, estaciones de servicio y actividades recreativas”, detalló a Diario San Rafael y FM Vos 94.5. Este registro obliga a las empresas a tributar un canon que sostiene los costos operativos del organismo, dado que Irrigación es un ente autónomo que no recibe aportes externos.
Con el paso del tiempo, el sistema de registros se ha ampliado. Lorenzo recordó que “hace algunos años se creó una sección especial para las empresas petroleras, el Registro Único Petrolero (RUP), adaptado a las características de sus yacimientos”. Ahora, con el Registro Único Minero, se busca un control específico de las actividades mineras, tanto metalíferas como no metalíferas, considerando también sus diferentes etapas: exploración, explotación o cierre.
La inscripción en el RUM es obligatoria. Lorenzo fue claro: “Las empresas pueden inscribirse voluntariamente o, si no lo hacen, el Departamento de Irrigación las inscribe de oficio al detectar la actividad. Esto implica una penalidad económica: deben pagar el doble del costo de inscripción que si se hubieran registrado voluntariamente”. Además, la clasificación de las empresas dependerá del tipo de minería que realicen y de la etapa de desarrollo en la que se encuentren, lo que determinará el canon anual que deben abonar.
Es importante destacar que este canon no está relacionado con el consumo de agua. Según Lorenzo, “este tributo no es por el uso del agua, sino exclusivamente por el control ambiental. Si una empresa necesita utilizar agua, debe gestionar ese permiso aparte y siempre que haya disponibilidad”. Los fondos recaudados por este canon se destinan a cubrir los costos de control ambiental, como análisis de muestras, traslados y equipamiento técnico.
Respecto al consumo de agua por parte de las mineras en Mendoza, el funcionario aclaró: “Hoy en día el consumo de agua de la minería en la provincia es muy bajo en comparación con otros sectores. La mayoría de los proyectos metalíferos están en etapa de exploración, donde el consumo es mínimo, y las actividades no metalíferas, como las canteras de arena y ripio, prácticamente no utilizan agua”.
La preocupación por el uso del agua en contextos de escasez es válida, pero Lorenzo aseguró que la legislación mendocina prioriza el abastecimiento poblacional. “Mendoza tiene una legislación hídrica muy clara. En situaciones de sequía, la prioridad es el consumo humano, seguido por el uso agrícola. Actividades como la minería o la industria petrolera están al final de la lista”, afirmó.
En cuanto a la implementación del RUM, Lorenzo indicó que el proceso recién comienza tras la reciente sanción de la resolución presupuestaria del Departamento de Irrigación. “Ahora debemos migrar al nuevo registro a algunas empresas ya inscriptas en el RUE y comenzar a registrar las nuevas actividades, especialmente en zonas con potencial minero como Malargüe. Los empresarios deben saber que antes de iniciar cualquier actividad, deben inscribirse y presentar toda la documentación requerida para garantizar un control ambiental sistemático”, enfatizó.

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