Viernes 2 de Octubre, 2026
Viernes 2 de Octubre, 2026
San Rafael, Argentina
12°C Cubierto
Sensación: 9°C | Máx: 26°C | Mín: 10°C

El mundo no está en peligro por las malas personas sino por aquellas que permiten la maldad | Albert Einstein

Viernes 2 de Octubre, 2026
San Rafael, Argentina
12°C Cubierto
Sensación: 9°C | Máx: 26°C | Mín: 10°C

La fría técnica procesal y el riesgo de la injusticia

Sumate a nuestros grupos de difusión:

Compartí esta nota

Desde los orígenes de la filosofía jurídica, la validez de las leyes ha intentado justificarse en su capacidad para garantizar la paz social y la equidad. Sin embargo, cuando la aplicación estricta de las normas genera una brecha insalvable entre el texto codificado y el sentido común de una comunidad, el sistema institucional sufre un desgaste silencioso pero profundo. 

La reciente resolución judicial por el siniestro vial que le costó la vida a Milagros Pérez Yanzón e hirió a Agustín Montersino en San Rafael expone, con crudeza, esa distancia dramática entre la corrección técnica de los tribunales y el sentimiento de desamparo que recorre a la sociedad.

Desde la perspectiva estrictamente dogmática, el fallo dictado mediante un juicio abreviado contra Marcelo Bielli —que fijó una condena de cinco años de prisión efectiva y diez de inhabilitación— se ajustaría a los márgenes previstos por la normativa vigente. El Ministerio Público Fiscal y las partes operaron dentro de la doctrina que la Suprema Corte de Justicia de Mendoza consolidó meses atrás con el antecedente del caso Soto Jurado. Al prácticamente clausurarse la interpretación del dolo eventual para los conductores alcoholizados que provocan muertes en la vía pública, el hecho quedó encuadrado de manera inexorable dentro de la escala del homicidio culposo agravado. Legalmente, el engranaje funcionó: se evitó el debate oral, se redujeron los tiempos procesales y se aplicó una pena dentro del rango punitivo del artículo 84 bis del Código Penal.

Sin embargo, el análisis no puede agotarse en el ordenamiento formal o la interpretación dura de la Corte. Cuando un automóvil circula a alta velocidad e impacta sobre la vereda con un conductor que registra niveles de alcohol en sangre drásticamente superiores a los permitidos, la subsunción del hecho como una mera «imprudencia» o «negligencia» choca frontalmente con la conciencia colectiva. 

Para la ciudadanía sanrafaelina, la aritmética del procedimiento penal no traduce justicia; traduce una devaluación de la vida humana.

El sentimiento predominante que deja este fallo no es el de la conformidad ante la ley aplicada, sino el de una profunda impunidad. La lógica del juicio abreviado, concebida para dotar de eficiencia al sistema de justicia, termina percibiéndose como una transacción contable donde la gravedad del daño causado se diluye en un acuerdo de partes. Cuando la respuesta estatal ante la pérdida irreparable de una vida joven se reduce a una cifra que dista abismalmente de la magnitud de la acción, la norma pierde su función pedagógica y preventiva.

La técnica jurídica puede ofrecer explicaciones impecables sobre la tipicidad, la culpa y los precedentes jurisprudenciales. Pero cuando esas explicaciones no logran reparar la sensación de indefensión en las calles de San Rafael, lo que queda al descubierto es un sistema que ha priorizado el purismo formal por encima del valor supremo de la justicia. Y mientras la brecha entre la letra de la ley y el dolor social continúe ensanchándose, la única certeza que prevalecerá en la comunidad es la de un amargo e inevitable desamparo.

Otras noticias que pueden interesarte

Seguinos