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lunes 27, de mayo , 2024

Más sobre el fallo de la Corte Suprema que declaró “inconstitucional” un párrafo de la ley 7722

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió un recurso extraordinario elevado por la minera San Jorge por la ley 7722, que prohíbe el uso de sustancias tóxicas para la actividad minera en Mendoza. El dictamen establece la inconstitucionalidad del párrafo del artículo 1 que hace referencia a “otras sustancias” en la mencionada norma. El diputado provincial Jorge Difonso, fuerte defensor de esa norma, dialogó al respecto con FM Vos (94.5) y Diario San Rafael.
El párrafo al que hace mención el máximo tribunal dice: “A los efectos de garantizar debidamente los recursos naturales con especial énfasis en la tutela del recurso hídrico, se prohíbe en el territorio de la Provincia de Mendoza, el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo”. En sus argumentos, el máximo tribunal establece que esa mención de “otras sustancias” es “indeterminada”, por lo que consideró su invalidez constitucional. Consecuentemente, solo quedará prohibido el uso del cianuro, del mercurio y del ácido sulfúrico.
Difonso recordó primeramente que “la ley 7722 fue declarada ‘constitucional’ en el año 2015 por la Suprema Corte provincial”. “Ante ello, una de las empresas que lleva adelante el proyecto San Jorge en Las Heras formuló una apelación a nivel nacional a la Corte Suprema, solicitando la derogación de la ley 7722 en su totalidad”. Ve positivo el hecho de que el máximo tribunal considere que se trata de una norma íntegramente constitucional, ratificando la vigencia de la misma, como así también la prohibición del uso de del cianuro, del mercurio y del ácido sulfúrico en la minería metalífera. “Ratifica el paso por la Legislatura de la Declaración de Impacto Ambiental, lo cual era solicitado que se prohibiera por parte de esta empresa minera, teniendo en cuenta que la declaración y el trámite en la Legislatura abre una apertura a la participación ciudadana, lo cual es un punto importante. Respecto del proyecto San Jorge en Las Heras, genera una situación que lleva a mantener mucha atención a los próximos avances –o no– de este tema, que es una prohibición genérica de sustancias que hicimos en su momento, cuando decimos ‘otras sustancias tóxicas’”, advirtió, y agregó que “este punto tiene una incidencia (o puede tenerla) en el proyecto San Jorge y por eso es que ahora se está solicitando la marcha y la aprobación del proyecto de ampliación del área natural protegida Uspallata-Polvaredas, que pondría una defensa fuerte sobre el cuidado del agua en aquella zona del Norte de Mendoza”.
De esta manera, al eliminarse ese párrafo, podría ser legal la utilización de sustancias que surjan de una combinación de las prohibidas. Esto es algo que genera una posición de alerta en la comunidad.

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