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Mendoza modificó la Ley de Seguridad y le otorgó mayor respaldo legal a la Policía

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El marco legal que rige el uso de las armas reglamentarias por parte de la Policía de Mendoza sufrió una transformación medular. A través de una reforma a la Ley de Seguridad Pública, la provincia redefinió técnicamente el concepto de «peligro inminente», fijó pautas taxativas para el empleo del armamento y limitó las sanciones administrativas automáticas para aquellos efectivos cuyo accionar se encuadre en la norma. La iniciativa legislativa —que genera intensos debates entre sectores que demandan mayor firmeza contra el delito y organismos que alertan sobre una eventual discrecionalidad de las fuerzas— busca terminar con las denominadas «zonas grises» que desamparaban al personal policial en situaciones límite.

Enrique Thomas, diputado provincial (mandato cumplido) y coautor de la reforma junto a Gustavo Cairo, analizó los fundamentos jurídicos de la ley, defendió la necesidad de sepultar el «antiguo garantismo» que ponía bajo sospecha el uniforme y vinculó la vigencia de estas directrices de seguridad con la histórica baja registrada en la tasa nacional de homicidios.

El fin de las zonas grises: un protocolo con base en las Naciones Unidas

La modificación de la Ley N° 6722 de las fuerzas policiales provinciales se estructuró a partir de normativas internacionales preexistentes, buscando dotar a los fiscales de un marco de interpretación preciso. «Esta propuesta de modificación legislativa surgió de manera directa de nuestra experiencia de trabajo con el Ministerio de Seguridad de la Nación, en la gestión de Patricia Bullrich, cuando se estableció el protocolo para el uso de armas de fuego de las cuatro Fuerzas Federales. Ese ordenamiento tiene su sustento técnico en un protocolo aprobado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el año 1979, precisamente en Cuba, que detalla de forma taxativa las situaciones límite en las que un uniformado puede y debe utilizar su arma de fuego. La legislación anterior de Mendoza presentaba alarmantes vacíos legales y zonas grises; se asumía erróneamente que el policía solo podía disparar en una situación de defensa propia estricta, dejando un amplísimo margen de circunstancias operativas desprotegidas», explicó Enrique Thomas en la emisora radial FM Vos 94.5.

«Durante más de un año trabajamos minuciosamente junto al diputado Gustavo Cairo y en permanente consulta con el Ministerio Público Fiscal. Los fiscales que intervienen cuando un uniformado dispara nos pedían previsibilidad y claridad. Hasta hoy, ante cualquier hecho drástico, el funcionario policial era sancionado o detenido apresuradamente de manera preventiva antes de analizar el contexto. Esta ley viene a aportar certidumbre», aseguró el entrevistado.

La redefinición del peligro inminente y el impacto del caso Chocobar

La nueva normativa legal detalla de forma explícita qué escenarios configuran una amenaza de muerte o lesión grave, resguardando la toma de decisiones que el agente ejecuta en fracciones de segundo. «La ley define con precisión quirúrgica qué es el peligro inminente, un concepto que antes quedaba librado a interpretaciones subjetivas. Ahora se establece de forma clara que existe peligro inminente cuando el policía se ve superado en número por los atacantes, cuando se enfrenta a un sospechoso que esgrime un arma blanca o de fuego, o incluso cuando porta una réplica, ya que en la urgencia del segundo el efectivo no puede comprobar si el arma es verdadera o falsa. También habilita el uso de la fuerza letal cuando el delincuente se da a la fuga tras haber causado un daño grave o la muerte de una tercera persona», detalló Thomas.

«Detrás de esto subyace la doctrina que se analizó a nivel nacional a partir del famoso ‘caso Chocobar’. La sociedad le otorga un arma al policía para que la use en su defensa y en la de terceros. Muchas veces el ciudadano se queja de que el uniformado no actúa o mira para otro lado ante el delito; bueno, eso ocurría porque carecía del respaldo normativo básico. Con esta reforma, si el buen policía ajusta su conducta al protocolo, no puede ser sancionado administrativamente de forma preventiva», remarcó.

Enrique Thomas, diputado provincial (mandato cumplido) y coautor de la reforma, dialogó con FM Vos

El caso testigo de Malargüe y el quiebre de la doctrina garantista

Para los autores de la reforma, los marcos regulatorios previos generaban un fuerte y sistemático desaliento en las filas policiales al priorizar de hecho la protección procesal del delincuente por sobre el resguardo del personal civil y de los propios uniformados. La justificación de este cambio normativo encuentra su raíz en una severa injusticia administrativa. El exdiputado Enrique Thomas recordó el caso testigo de una mujer policía en Malargüe que, tras ser convocada de urgencia para contener una riña violenta protagonizada por un grupo de entre 15 y 20 personas, fue cercada y agredida salvajemente, viéndose obligada a utilizar su arma reglamentaria para defender su integridad, lo que lamentablemente terminó con la vida de uno de los atacantes.

Las consecuencias de aquel episodio reflejaron de inmediato lo que los legisladores califican como un efecto disciplinador negativo para todo el cuerpo activo de la provincia. «Fue separada de la fuerza de manera inmediata, procesada judicialmente y alojada en un calabozo. Un año y medio después la Justicia finalmente la absolvió porque se comprobó que había actuado correctamente y en legítima defensa, pero el daño institucional y personal ya estaba hecho, y el mensaje enviado al resto de la Policía de Mendoza fue devastador e injusto», consideró.

Este tipo de antecedentes provocaba que, ante situaciones delictivas flagrantes, muchos agentes optaran por la inacción por temor a perder su carrera o su libertad.

La nueva ley se propone consolidar un profundo cambio de paradigma en la filosofía de la seguridad pública local. La reforma busca extirpar de raíz la mirada de sospecha judicial y administrativa que pesaba de forma automática y corporativa sobre cualquier efectivo que portara uniforme tras un enfrentamiento armado. De esta manera, el nuevo ordenamiento legal invierte la carga de la presunción institucional, garantizando que el buen policía reciba el respaldo técnico necesario para actuar con firmeza, bajo la premisa de que el Estado debe proteger prioritariamente a sus servidores públicos cuando estos ejercen el monopolio legítimo de la fuerza en defensa de la ciudadanía.

Capacitación universitaria y la tasa de homicidios más baja de la región

Frente a las críticas de sectores civiles que advierten sobre los riesgos de habilitar prácticas ligadas al «gatillo fácil», la provincia apuesta a blindar el protocolo mediante la formación profesional continua. «La pregunta sobre si la fuerza está lo suficientemente preparada es fundamental. La Policía de Mendoza ostenta altos estándares de capacitación en comparación con otras fuerzas del país, sustentada en la estructura académica del Instituto Universitario de Seguridad Pública (IUSP). La capacitación específica es imprescindible para que estas decisiones drásticas se tomen de forma correcta, y el Ministerio de Seguridad provincial está haciendo hincapié en combinar este mayor respaldo legal con un reentrenamiento permanente», subrayó Enrique Thomas.

«Esta filosofía de situarse del lado de los ciudadanos correctos y no de los delincuentes ya muestra resultados empíricos contundentes. La Argentina consolidó una baja histórica en la tasa de homicidios, ubicándose en aproximadamente 3.8 casos cada 100.000 habitantes, sensiblemente por debajo de los registros de países tradicionalmente seguros como Chile o Uruguay. Cuando se inició este proceso de ordenamiento la tasa rozaba los 5 puntos», recordó.

«El éxito de la seguridad no es una abstracción económica, es el resultado de un trabajo constante y de dotar a una policía entrenada de un protocolo moderno que defienda legalmente su accionar en la calle», completó.

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