El Gobierno de Mendoza, a través de la Dirección de Áreas Protegidas -dependiente del Ministerio de Energía y Ambiente-, impuso una multa de $4.200.000 a un particular por realizar grafitis en rocas dentro del Área Natural Protegida (ANP) Manzano – Portillo de Piuquenes. Además, ordenó la limpieza inmediata.
Adrián Ramón Figueredo Acosta, con domicilio en San Rafael, Mendoza, fue identificado como responsable de las pintadas. El hombre no presentó descargo sobre la infracción imputada.
Según informa El Sol , la acción consistió en realizar pintadas con aerosol (esmalte sintético) de color rojo sobre rocas. En total fueron 20 grafitis en piedras de un tamaño aproximado de 35 x 35 centímetros, los cuales tenían como fin indicar el recorrido hasta el sector de la Laguna de Arenales. Las marcas constaban de flechas, círculos e inscripciones CE. Esto ocurrió en la zona de Cajón de Arenales y el sendero del Cerro Punta Verde, sitios que forman parte del Área Natural Protegida Manzano – Portillo de Piuquenes.
El expediente detalla que Figueredo Acosta, junto a otro sacerdote de la congregación del verbo encarnado de San Rafael (Jorge Rafael Agustín López), manifestaron haber sido los responsables del daño, indicando que las pintadas se realizaron el 6 de septiembre de 2025 con el fin de señalizar los senderos para un encuentro programado de la agrupación religiosa el 20 de septiembre.
Según el Ministerio de Energía y Ambiente, “la acción contraviene la Ley Provincial N° 8400/12 (que establece la conservación del paisaje y la gea como objetivo del ANP), y la Ley Provincial N° 6045/93, que prohíbe cualquier acto que produzca un daño o alteración innecesaria de los ambientes naturales (Artículo 18, inciso d)”.
La Unidad Técnica determinó la multa de 10.000 UF porque la infracción fue considerada de “poca entidad o importancia en contra de los bienes del patrimonio del Estado” dado que es reversible.
Además de la multa, se exigió la limpieza inmediata de todas las rocas, cuyo procedimiento debe ser informado y contar con previa autorización. El involucrado tiene 30 días para pagar lo indicado a la Delegación de San Rafael de la Dirección de Áreas protegidas o, de lo contrario, se procederá a su cobro por vía legal de apremio.
Fuente y fotos: Gentileza – El Sol







