El 20 de marzo, el diputado nacional mendocino Álvaro Martínez (PRO), junto a 9 diputados de la misma fuerza política, presentaron un proyecto para modificar el Código Penal y sumar una condena a los presos que tengan celulares, a quienes los introduzcan o lo permitan a los penales. Al respecto, el legislador dialogó con FM Vos (94.5) y con Diario San Rafael.
La propuesta llevada a cabo por Martínez se refiere a darle una pena de entre 1 y 3 años de prisión efectiva a la persona que introdujera o hiciera introducir a los establecimientos penitenciarios o lugar donde se encuentre alojado un detenido o internado, dispositivos de comunicación móvil o celulares, partes de ellos, chips telefónicos u objetos no autorizados tecnológicos que permitan comunicación con el exterior, y a los presos que los tengan de 2 a 5 años. “La tecnología muchas veces es utilizada bien y muchas veces es utilizada para que el crimen organizado –valga la redundancia– se organice”, dijo y recordó la dura y compleja situación que está atravesando la provincia de Santa Fe, especialmente la ciudad de Rosario. “Hay que tener en cuenta que existe una ley que se cumple poco, que es la Ley de Ejecución Penal, que para que se entienda fácil y rápido, es la que dice cómo se va a cumplir la condena, qué es lo que se va a hacer, qué es lo que se puede hacer y qué no, y ahí está prohibido el uso de celulares pero vemos que no se cumple, entonces fuimos o nos animamos a ir un poco más allá, es decir tipificar la tenencia de celulares por parte de los presos, es decir que pase a ser un delito, que aquellos presos que tengan celulares, que los estén utilizando, tengan una pena nueva, que sea 100% penado”, aclaró y advirtió que “es una ley que estaría modificando el Código Penal en su artículo 197 porque introduciría dos artículos nuevos, lo que haría que se pueda aplicar en todas las cárceles del país desde el momento en que sean sancionados, siempre intentando colaborar con la seguridad de los ciudadanos, de aquellos que todos los días se levantan, van a trabajar, pagan sus impuestos”. De esta manera, de aprobarse la modificación del Art 197 del Código Penal, quedaría así: “Art. 197 bis: Será reprimido con prisión de uno (1) a tres (3) años el que introdujera o hiciere introducir en el establecimiento penitenciario o lugar donde se encuentre alojado algún detenido o internado, dispositivos de comunicación móvil o celulares, partes de ellos, chips telefónicos u objetos no autorizados tecnológicos que permitan comunicación con el exterior o cualquier otro elemento que ponga en peligro la seguridad de terceros, los detenidos, internados y del personal.”, y el otro articulado que también de agregaría: Art. 197 quater: “Queda prohibida la tenencia y uso de dispositivos de comunicación móvil o celulares, chips telefónicos u objetos no autorizados tecnológicos que permitan comunicación con el exterior por parte de los internos en los establecimientos penitenciarios. Los internos que se encuentren en posesión de los mismos, serán sancionados con una pena de prisión de dos (2) a cinco (5) años, y además la prohibición del ingreso al régimen de libertad asistida”.
Hay sectores de la política que enarbolando banderas de “derechos humanos”, se oponen a que se les quiten los celulares a los detenidos. En ese sentido, Martínez señaló que sea tratado prontamente en las Comisiones de Legislación Penal y en la de Comunicaciones. “Esperamos que el debate que se dé sea serio, antes que nada en dichas comisiones. Después, en los argumentos en contra que nos hacen llegar es que estamos impidiendo que los presos puedan tener comunicación, y es todo lo contrario porque nosotros queremos que tengan comunicación pero una comunicación controlada, no que desde adentro de las cárceles puedan hacer lo que quieran u organizar delitos”, destacó.







