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domingo 19, de mayo , 2024

¿Qué pasa si me inscribo cómo monotributista y no facturo?

Algunos pequeños y medianos contribuyentes se enrolan en el Monotributo 2024 para poder realizar su actividad de venta de bienes o prestación de un servicio. Sin embargo, fuera cual fuese el motivo, suelen pasar algunos meses sin facturar. De acuerdo con el período de tiempo en el que se extienda esta situación, las medidas que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tome pueden ir agravándose.

Creado en junio de 1998 a través de la Ley 24.977, el Monotributo se instauró como un régimen simplificado que concentra los componentes del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la del Impuesto a las Ganancias, los aportes a la jubilación y a la obra social en un único pago mensual. Obligación que el contribuyente debe cumplir ante la AFIP, el ente recaudador.

Bajo esta modalidad, millones de trabajadores independientes realizan sus actividades comerciales o profesionales. Si bien, el Monotributo fue concebido para personas que tienen ingresos mes a mes, puede existir el caso donde algunos contribuyentes no emitan facturas con regularidad.

¿Qué pasa con el monotributo si no sé factura?

Como primera medida, cabe destacar que no existe un límite de tiempo en el que un contribuyente enrolado en el Monotributo pueda estar sin facturar. Sin embargo, si un monotributista no factura durante un período de tiempo determinado esto puede provocar que la AFIP le solicite que justifique las razones por las que no ha emitido comprobantes.

Si el contribuyente normaliza su facturación y pone al día la deuda contraída ante la AFIP, podrá continuar con su actividad dentro del régimen simplificado. Caso contrario, si la falta de facturación persiste, es decir que el contribuyente va contra las obligaciones, el ente recaudador puede tomar una serie de medidas: excluirloinhabilitarlo y hasta aplicarle una multa.

¿Qué pasa si soy monotributista y no tengo ingresos?

En ciertos casos, los contribuyentes están inscriptos en el Monotributo y durante una ‘x’ cantidad de tiempo pueden no tener ingresos. Ante la falta de ingresos tampoco se podrá hacer frente a las obligaciones que el mismo régimen simplificado impone.

Si la falta de ingresos no se extiende por demasiado tiempo, la situación puede subsanarse una vez que el monotributista retome la facturación. En cambio, si la situación se prolonga las medidas pueden ser más drásticas.

Si los pequeños y medianos contribuyentes no cumplen con las obligaciones que les impone el régimen simplificado del Monotributo por un periodo de 10 meses consecutivos, la AFIP los dará de baja de forma automática. Situación que, pese a su complejidad, puede ser revertida.

Una vez que el monotributista salde todas las deudas y cancele sus obligaciones ante la AFIP, podrá volver a ingresar al régimen. Cabe aclarar que el capital de las deudas contraídas con la AFIP generan intereses y, con el transcurso del tiempo, éstos se acumulan. A su vez, aquel contribuyente que quede suspendido del Monotributo también dejará de aportar para su futura jubilación y a la obra social.

¿Qué obligaciones tiene un monotributista?

Todo contribuyente enrolado en el Monotributo debe cumplir con una serie de obligaciones para con la AFIP. Obligaciones que, como toda ley, se presumen conocidas.

Entre las obligaciones que debe cumplir un monotributista se destaca el pago del importe mensual. De producirse un atraso, la deuda también generará intereses y podrán ser abonados, previo a la generación de un Volante Electrónico de Pago (VEP), a través de distintos medios.

Como se sabido, existen distintas categorías del Monotributo, siendo ‘A’ la de menor nivel de facturación; y ‘K’, la de mayores ingresos. Mantenerse dentro de la categoría acorde al nivel de facturación es una de las obligaciones de los contribuyentes.

Todo monotributista tiene la obligación de recategorizarse una vez al año. De no hacerlo, la AFIP podrá cambiar de categoría a un contribuyente si considera que se excedió en su facturación.

¿Cómo saber qué categoría soy del Monotributo?

¿Cómo saber qué categoría soy del Monotributo?

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¿Cómo hago para dar de baja el Monotributo?

Por distintos motivos, los contribuyentes enrolados en el Monotributo pueden necesitar solicitar la baja del Monotributo. A continuación te explicamos cómo hacerlo de manera simple.

Tal como se explicita en el sitio web de la AFIP, la baja del Monotributo puede realizarse en cualquier momento. Para evitar que se generen deudas, el mes en el que un contribuyente solicite la baja debe quedar pago. A partir del mes calendario siguiente,la baja se hará efectiva y ya no se deberá abonar el Monotributo.

Cabe destacar otro de los efectos que tendrá la baja del Monotributo en la situación del contribuyente. Si estaba haciendo aportes a la jubilación y a la obra social mediante el régimen simplificado, una vez que el cese se haga efectivo también concluirán dichas contribuciones.

La baja del Monotributo se genera desde el portal del régimen simplificado, dentro de la web de la AFIP mediante la opción o la opción “Modificación y baja” en el menú de la izquierda. Una vez allí, el usuario deberá seleccionar “Darse de baja del Monotributo” y luego “Dar de baja” ( en la parte inferior de la página). Nota: se deberá indicar la razón por la que se solicita la finalización de actividades y confirmar la operación.

Cómo darse de baja del Monotributo, paso a paso

Como se ha explicado, para solicitar la baja del Monotributo se debe seguir una serie de pasos. Uno por uno, todo los pasos que tenés que lleva a cabo realizar este trámite de principio a fin:

  •  Seleccionar Iniciar sesión para ingresar con tu CUIT/CUIL y clave fiscal. Dar clic en Ingresar.
  • Buscar el servicio “Monotributo”. Si no lo tenés dado de alta, presionar el botón “Agregar”.
  • Una vez dentro del servicio de Monotributo, seleccionar la opción Modificación y baja (se encuentra en el menú de navegación lateral izquierdo)
  • En la sección “Darse de baja del monotributo”, presionar “Dar de baja” para comenzar con el proceso.
  • Primero se debe ingresar el período desde el que se solicita la baja, indicando el mes y año.
  • Luego, se debe explicitar el motivo de baja. Según corresponda, el contribuyente podrá elegir entre cese de actividades, renuncia y exclusión. Una vez finalizado, presionar el botón Continuar.
  • Una ventana de tipo pop-up le advertirá al usuario que será redireccionado para confirmar la baja al Monotributo. Se debe presionar Aceptar.
  • En la caja de diálogo “Confirmación de datos”, el usuario podrá verificar cuáles son los impuestos por los que solicita la baja. Si los datos son correctos, presionar Continuar para finalizar con el proceso.
  • En la última pantalla, el usuario recibirá la confirmación de la baja del Monotributo con la leyenda “Ya te diste de baja del monotributo”. Para descargar la constancia (en formato .pdf) o imprimirla, se debe presionar el botón Descargar.

Aquellos contribuyentes que residan en alguna de las provincias que unifican impuestos provinciales y/o municipales con el Monotributo, al solicitar la baja del régimen simplificado de la AFIP también se dará de baja el tributo asociado. En este punto, se sugiere contar con el asesoramiento de un contador público nacional o profesional del área especializado.

Fuente y fotos: La Mañana de Neuquén.

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