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  • La vida es un 10% lo que te sucede y un 90% de cómo reaccionas a ello.| Charles R. Swindoll

viernes 26, de abril , 2024

Realizan campaña para evitar muertes en cauces de agua

Teniendo en cuenta los días de intenso calor que ha traído este mes de enero, desde el Departamento General de Irrigación recordaron que no está permitido bañarse en los diferentes cauces de agua del departamento, sobre todo en los canales de riego, que como es sabido, no son aptos para esparcimiento. Quienes hacen caso omiso a esta advertencia, están sujetos a normativas que penan esta conducta.
En este contexto, desde la institución lanzaron una nueva versión de la campaña «Verano #SinMuertosDeCalor». Se trata de una iniciativa con la cual, desde 2018, se viene buscando generar conciencia sobre lo que puede sucederle a quienes se sumergen en cauces de riego, canales, diques y embalses que no son aptos para bañarse.
De este modo, Irrigación explica a través de videos en Youtube que ya pueden verse también en los medios de comunicación, que bañarse en lugares no habilitados para tal fin puede provocar la muerte y, también, grandes deterioros en la red hídrica de Mendoza.
La nueva versión de la campaña «Verano #SinMuertosDeCalor» se inspira nuevamente en la frase que asiduamente se usa para referirse al calor y que en numerosas ocasiones se repite entre los mendocinos sin considerar su significado real: «Estoy muerto de calor».
En las escenas del spot se puede ver a un grupo de amigos cercanos a un dique y el momento en que uno de ellos decide saltar al agua. Las estadísticas de los últimos cinco años aportadas por Defensa Civil de la Provincia indican que, en promedio, unas 57 personas perdieron su vida en cauces y ríos de nuestro suelo. En la mayoría de los casos, se trató de jóvenes y niños.
Recordemos que la Legislatura mendocina sancionó, en mayo de 2015, la ley 8.784, que establece que se incluya en el Código de Faltas, ley N° 3.365, en el Título VI «Faltas Contra la Seguridad Pública», el artículo 84 bis “Uso indebido de cauces de agua”, a partir del cual se establece que sea sancionado con trabajos comunitarios el que utilice para bañarse los canales de riego, represas, diques derivadores, tomas y cualquier obra hidráulica de la provincia; el que arroje sobre los cauces tacos, maderas, piedras o cualquier otro elemento que obstaculice el normal escurrimiento de las aguas por la red de riego de la provincia; y el que deteriore por cualquier tipo de actividad los cauces, las obras de toma, los taludes de los canales, las compuertas o cualquier obra hidráulica de conducción del agua.

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